Líquidos de bombeo
permitidos
Medios de bombeo
no permitidos
5)
No se pueden verter al alcantarillado local otras aguas residuales, como las de origen industrial, sin tratarlas previamente.
24 de 108
4 Descripción
Entradas de procesos
▪ Una entrada de alarma externa, 24 voltios, mediante contacto con aislamiento
galvánico
▪ Una confirmación remota, 24 voltios, mediante contacto con aislamiento
galvánico
Salidas de procesos
▪ Una salida de señalización sin potencial (250 voltios, 1 amperio, contacto
inversor)
▪ Una salida de señalización (de 12,6 a 13,2 voltios) para, por ejemplo, conectar
una bocina, alarma combinada o luces de alarma, conexión de 12 voltios
Acumulador
Conexión del acumulador independiente de la red para la alimentación
▪ del sistema electrónico
▪ de los sensores
▪ del sistema de alarma
Tiempo de carga y de funcionamiento del acumulador
Tiempo de funcionamiento
▪ 10 horas aprox. para alimentar el piezovibrador integrado 85 dB(A), el sistema
electrónico y los sensores
▪ 4 horas aprox. para alimentar un sistema de alarma externo como una bocina,
alarma combinada o luces de alarma
Tiempo de carga
▪ Tiempo de carga del acumulador: 11 horas aprox. (si la batería está totalmente
vacía)
4.7 Líquidos de bombeo
ADVERTENCIA
Bombeo de líquidos no permitidos
¡Peligro de daños personales o al medioambiente!
▷ Sólo se pueden llevar líquidos de bombeo permitidos a la red de alcantarillado
pública.
▷ Comprobar si los materiales de las bombas y de la instalación son aptos.
Modelo A (modelo normal)
Según la norma DIN 1986-3 se pueden verter a las instalaciones de desagüe:
el agua sucia por el uso doméstico, los residuos humanos y (siempre que se requiera o
esté permitido) también los residuos animales con el agua de descarga necesaria así
como el agua de lluvia, en caso de que no haya otra forma de evacuación posible.
No se pueden introducir, entre otras sustancias:
Sólidos, materias fibrosas, alquitrán, arena, cemento, ceniza, papel basto, toallas de
papel, cartón, escombros, residuos, desechos cárnicos, grasas, aceites.
Aguas procedentes de sistemas de achique que se encuentren por encima del nivel de
reflujo (EN 12 056-1).
Aguas residuales con sustancias nocivas (DIN 1986-100), p. ej. aguas residuales con
contenido en grasa procedentes de grandes cocinas.
Solo se pueden introducir utilizando un separador de grasa conforme a DIN 4040-1.
mini-Compacta
5)