El funcionamiento está sujeto a las dos condiciones siguientes:
1. Este dispositivo no debe provocar interferencias perjudiciales.
2. Este equipo debe aceptar cualquier interferencia recibida, incluso interferencias que
puedan provocar un funcionamiento indeseado.
Los cambios o modificaciones realizadas al equipo que no estén aprobadas expresa-
mente por la parte responsable, podrían anular la autoridad del usuario para manejar el
equipo.
NOTA: Este equipo ha sido probado y cumple los límites para un dispositivo digital de la
clase B, de acuerdo con el Apartado 15 de las Normas FCC.
Dichos límites están diseñados para ofrecer una protección razonable contra interferen-
cias perjudiciales en instalaciones residenciales. Este equipo genera, utiliza y puede emi-
tir energía de radiofrecuencia. Si no se instala y utiliza de acuerdo con las instrucciones,
puede causar interferencias indeseables en las comunicaciones de radio. No se garantiza
que no se puedan producir interferencias en instalaciones concretas.
Si este equipo causara una interferencia nociva en la recepción de radio o televisión, lo
cual puede determinarse encendiendo y apagando el equipo, se recomienda al usuario
que intente corregir la interferencia siguiendo una o varias de las siguientes medidas:
• Reorientar o reubicar la antena receptora.
• Aumentar la separación entre el dispositivo y el receptor.
• Conectar el equipo a un enchufe de un circuito diferente de aquel al que se ha conec-
tado el receptor.
• Consultar al distribuidor o a un técnico de radio/TV cualificado.
Oticon A/S declara que este Streamer Pro cumple los requisitos esenciales y las demás
disposiciones relevantes de la Directiva 1999/5/CE. La declaración
de conformidad se encuentra disponible en:
Oticon A/S
Kongebakken 9
DK-2765 Smørum
Dinamarca
0682
www.oticon.global
Los residuos de equipos
electrónicos deben mani-
pularse de acuerdo con la
normativa local.
N1175
69