rios para que el producto responda a los requisitos esenciales de la Directiva
de Máquinas 2006/42/CE (ex 98/37/CE). La persona que realice la instala-
ción deberá comprobar y asegurarse de que todos estos criterios sean res-
petados escrupulosamente.
- Si el S-BAR estuviera instalado y se utilizara sin respetar uno o varios de
dichos criterios, los requisitos esenciales podrían no estar garantizados. Está
prohibido utilizar el producto en estas situaciones hasta que la persona
que realice la instalación compruebe que se respeten los requisitos pre-
vistos por la Directiva; en este caso, no se podrá utilizar la "Declaración de
conformidad CE": anexo I". Como consecuencia, la persona que realice la
instalación se convertirá a su vez en el fabricante del producto "barrera auto-
mática" y deberá respetar aquello previsto por la Directiva de Máquinas 2006/
42/CEE. El fabricante deberá realizar el análisis de los riesgos, que también
incluye la lista de los requisitos esenciales de seguridad indicados "en el ane-
xo I de la Directiva de Máquinas", indicando las soluciones tomadas. Recuer-
de que el análisis de los riesgos es uno de los documentos que constituyen
el "expediente técnico" del automatismo, que debe ser rellenado por un ins-
talador profesional; se podrá utilizar la "Declaración de Conformidad" del
anexo II rellenada por la persona que instale el S-BAR.
Advertencias específicas sobre la idoneidad del uso de este producto de
acuerdo con la Directiva de Máquinas 2006/42/CE; a tener en cuenta cuando
el instalador se convierta en el fabricante del producto. S-BAR se introduce en
el mercado como "cuasi máquina" y se construye para ser incorporado en una
máquina o para ser ensamblado con otras maquinarias, a fin de realizar "una
máquina" según la Directiva 2006/42/CE sólo en combinación con los demás
componentes y en los modos descritos en el presente manual de instruccio-
nes. Tal como previsto por la Directiva 2006/42/CE, se advierte que no está
permitida la puesta en servicio de este producto hasta que el fabricante de la
máquina, donde este producto esté incorporado, no la haya identificado y
declarado conforme con la Directiva 2006/42/CE.
• Directiva "Baja Tensión":
Advertencias específicas sobre la idoneidad sobre el uso de este producto
de acuerdo con la Directiva "Baja Tensión" 2006/95/CEE.
Este producto responde a los requisitos previstos por la Directiva "Baja Ten-
sión" si se utilizara para el uso y con las configuraciones previstas en este
manual de instrucciones y en combinación con los artículos presentes en el
catálogo de los productos Nice S.p.a.
Si el producto se utilizara con configuraciones o con otros productos no pre-
vistos, los requisitos no podrían estar garantizados; está prohibido utilizar el
producto en estas situaciones hasta que el instalador no haya comprobado
que el producto responde a los requisitos previstos por la Directiva.
• Directiva "Compatibilidad Electromagnética":
Advertencias específicas sobre la idoneidad sobre el uso de este producto de
acuerdo con la Directiva "Compatibilidad Electromagnética" 2004/108/CEE.
Este producto ha sido sometido a los ensayos relativos a la compatibilidad
electromagnética en las situaciones de uso más duras, en las configuracio-
nes previstas en este manual de instrucciones y en combinación con los artí-
culos presentes en el catálogo de los productos Nice S.p.a.
Si el producto se utilizara con configuraciones o con otros productos no previs-
tos, la compatibilidad electromagnética podría no estar garantizada; está prohi-
bi do utilizar el producto en estas situaciones hasta que el instalador no haya
comprobado que el producto responde a los requisitos previstos por la Directiva.
1.3.1 - Criterios de instalación y advertencias específicas sobre los
requisitos esenciales
Si este producto está instalado correctamente, respeta los requisitos previstos
por la Directiva Europea sobre los "Productos de Construcción" 89/106/CEE
de acuerdo con cuanto requerido por la Norma armonizada EN 13241-1, tal
como indicado en la Tabla A, y por la Directiva Europea sobre las "Máquinas"
2006/42/CE.
¡Atención! - Si el S-BAR estuviera destinado exclusivamente para el tránsito
vehicular, quedará excluido del campo de aplicación de la Normativa EN
13241-1; en este caso, el respeto de algunos requisitos indicados en la Tabla A
podrían no ser obligatorios. El tránsito puede considerarse "exclusivamente
TABLA A - Requisitos esenciales para el marcado CE (según el anexo ZA.1 de la norma EN 13241-1)
Características esenciales
Resistencia al agua
Emisión de sustancias peligrosas
Resistencia a la carga del viento
Resistencia térmica
Permeabilidad al aire
Apertura segura para puertas de movimiento vertical
Definición de la forma de los componentes de vidrio
Resistencia mecánica y estabilidad
Fuerzas de maniobra para cierres motorizados
Durabilidad de la resistencia al agua, de la resistencia térmica y de la permeabilidad al aire
* NPD = Rendimiento no declarado, cuando el producto no ofrece este rendimiento, por ejemplo "Permeabilidad al agua", o cuando el requisito no se aplica, por ejemplo "Definición
de la forma de los componentes de vidrio".
Tipo mástil
Mástil XBA19
2 – Español
TABLA B
Clase según EN 12424
5 (> 1000 Pa)
vehicular" cuando para los demás tipos (por ejemplo peatones) esté prohibido,
por ejemplo indicado con señales, y, si se necesitara para otros tipos, cuando
haya un espacio adecuado en las cercanías.
• Emisión de sustancias peligrosas:
El producto no contiene ni emite sustancias peligrosas, de conformidad con
cuanto previsto por la norma EN 13241-1, punto 4.2.9 y según la lista de las
sustancias presente en el sitio internet de la Comunidad Europea*: http:// euro-
pa.eu.int/comm/enterprise/construction/internal/dangsub/dangmain_en.htm
(*) Última actualización: 17/03/2003
Advertencia específica para garantizar el mantenimiento del requisito
Es fundamental que también los demás materiales utilizados en la instalación,
por ejemplo los cables eléctricos, sean conformes con este requisito.
• Resistencia a la carga del viento
En la Tabla B se indica la resistencia del mástil suministrado a la presión dife-
rencial del viento. Las pruebas han sido realizadas con el mástil equipado con
perfil paragolpes; otros accesorios podrían aumentar la superficie expuesta y
así reducir la resistencia a la carga del viento.
• Apertura segura para puertas de movimiento vertical
El producto no provoca movimientos incontrolados ni la caída del mástil en el
caso de avería de un componente del sistema de suspensión o de equilibrado
(muelles).
Advertencias específicas para garantizar el mantenimiento de los requisitos:
- Realice la instalación siguiendo escrupulosamente todas las indicaciones des-
critas en los capítulos "3 - Instalación" y "5 - Ensayo y puesta en servicio".
- Asegúrese de que se organice un plan de mantenimiento (por ejemplo utili-
zando un "Indicador de Mantenimiento" conectado a la salida FLASH asociado
a la relativa función – véase Tabla 7) en el que se lleve a cabo escrupulosamen-
te todo lo previsto en el capítulo "Plan de mantenimiento".
• Resistencia mecánica y estabilidad
El producto ha sido diseñado y fabricado para que, durante su uso normal, las
fuerzas aplicadas, los impactos y el desgaste no lo dañen ni perjudiquen sus
rendimientos mecánicos.
Advertencia: véase cuanto indicado para el requisito "Apertura segura para
puertas de movimiento vertical".
• Fuerzas de maniobra para cierres motorizados
Las fuerzas de funcionamiento producidas por el mástil, en relación con los
riesgos de aplastamiento e impacto, están protegidas mediante uno de estos
tres métodos:
1 Para el funcionamiento con "mando sin autorretención" (hombre pre-
sente): como especificado por la normativa EN 12453:2000, punto 5.1.1.4.
En este caso, el pulsador de mando debe estar colocado a la vista en el
automatismo y, si estuviera al alcance de la mano del público, no deberá
estar a su disposición, por ejemplo habrá que utilizar un selector de llave.
2 Para el funcionamiento "semiautomático": mediante la limitación de las
fuerzas, tal como especificado por la normativa EN 12453:2000, puntos
5.1.1.5 y 5.1.3.
3 Para el funcionamiento "automático": mediante la limitación de las fuer-
zas, tal como especificado por la normativa EN 12453:2000, puntos 5.1.1.5
y 5.1.3; en este caso, habrá que instalar obligatoriamente al menos un par de
fotocélulas como se muestra en la fig. 1.
Advertencias específicas para el funcionamiento "semiautomático" y
"automático": las pruebas para la comprobación de la eficiencia de los límites
de las fuerzas se han llevado a cabo con la regulación de la Fuerza ajustada en
el valor máximo (Fuerza = 8) y con la regulación de la Velocidad ajustada en el
valor máximo [Velocidad = 5 (100%)]; con el mástil ensamblado como indicado
en las instrucciones y equipado con "perfil paragolpes" en la parte superior e
inferior del mástil y con el accesorio "luces de señalización" XBA4 montado en
el perfil paragolpes superior.
Advertencia específica para garantizar el mantenimiento del requisito:
véase cuanto indicado para el requisito "Apertura segura para puertas de movi-
miento vertical".
Punto de la norma
4.4.2
4.2.9
4.4.3
4.4.5
4.4.6
4.2.8
4.2.5
4.2.3
4.3.3
4.4.7
Velocidad máxima del viento
389 m/s (108 km/h)
Resultado
NPD*
Conforme
Conforme
NPD*
NPD*
Conforme
NPD*
Conforme
Conforme
NPD*
Tipo de fenómeno según
la escala Beaufort
Huracán