Antes de Empezar – IMPORTANTE
GRACIAS - y felicitaciones por haber seleccionado la Impresora Fiscal GENESIS. La
Impresora Fiscal GENESIS es una impresora de tecnología de impresión térmica de una
sola estación, para imprimir comprobantes fiscales y no fiscales homologados.
Constituye una herramienta de gran utilidad para la gestión del comercio minorista y a
la vez, como Impresora Fiscal, es un instrumento de gran interés para el Fisco para
realizar el Control Fiscal.
Su uso, funcionamiento, especificaciones y limitaciones, por lo tanto, están regulados
por la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General
Nº 3561/2013 y modificatorias.
Resolución General AFIP Nº 3561 de 2013 – Puntos Importantes:
Se establece que los Contribuyentes obligados al uso del equipamiento denominado Controlador Fiscal pueden hacer uso del
Modo Entrenamiento, siempre que éstos posean dicha funcionalidad, durante el tiempo que sea necesario, con el propósito
de entrenar al operador. Durante este modo de operación todos los comprobantes se imprimirán intercalando la leyenda
"NO FISCAL" cada seis líneas impresas e insertando signos "?" en los espacios en blanco, asimismo no se grabará ninguna
información relativa a las ventas simuladas ni a los cierres realizados durante este modo en las memorias del equipo. Para
habilitar el Modo Fiscal, el Contribuyente deberá realizar el procedimiento de Inicialización o Alta Fiscal del equipo -ver en RG
3561, Anexo II, Capítulo A, Apartado 1, Punto 1.2 "Alta de equipamientos"- pudiendo solicitar para ello la asistencia de
un Técnico Fiscal Autorizado de un Centro de Servicios Autorizado Fiscal (CSAF) de su Distribuidor Autorizado, sólo en caso de
considerarlo necesario. Una vez habilitado el equipo toda operación realizada con el mismo quedará registrada tanto en la
Memoria Fiscal a nivel de totales y en la Memoria de Transacciones (MT) a nivel detalles de comprobantes.
En caso de solicitar la intervención de un Técnico Fiscal Autorizado para el servicio de Inicialización Fiscal, el mismo deberá ser
solicitado con quince (15) días de anticipación al CSAF correspondiente, perteneciente a la red de ANDRÉS MORETTI E HIJOS
S.A. En este caso el Contribuyente al solicitar el Alta del equipo a la AFIP, mediante su Clave Fiscal en la página web de la AFIP,
servicio "Gestión de Controladores Fiscales", deberá tener presente que para que el sistema le otorgue el Alta Fiscal del
equipo, el trámite deberá ser conformado por el Técnico Fiscal que intervino en la inicialización.
Antes de realizar el Alta Fiscal, el Contribuyente debe haber realizado el Alta del Punto de Venta que será asignado al CF a
través del sitio web de AFIP con Clave Fiscal, "Gestión de Controladores Fiscales", opción "ABM de Puntos de Venta".
Mediante este trámite se da de alta el PV asociándolo al sistema Controlador Fiscal y se vincula el PV con el Domicilio
Comercial (domicilio donde se va a utilizar el equipo). En caso de modificarse luego dicho domicilio se deberá rectificar el dato
ante la AFIP de la misma manera mediante "ABM de Puntos de Venta".
Para la habilitación de la Impresora Fiscal será necesario contar con la intervención de un profesional en sistemas, quien será
responsable de la adaptación o del diseño y desarrollo de la programación del sistema computarizado para la emisión de los
comprobantes.
Al realizar el procedimiento de Inicialización Fiscal, se carga en la Impresora Fiscal la CAF o "Confirmación de Alta Fiscal", el
cual configura el equipo con los datos del mismo así como también con los datos fiscales del Contribuyente, en este proceso
se carga también un certificado digital CRT llamado "Certificado del Equipo", el cual caduca a los dos (2) años, imprimiendo un
aviso "Certificado del Equipo por Vencer" en el Informe Diario de Cierre desde 30 días antes de que opere el vencimiento, una
vez que esto ocurre no se permite emitir más reportes electrónicos hasta que se renueve el CRT, se debe solicitar su
renovación al Técnico Fiscal Autorizado. De la misma manera en Fábrica se realiza un proceso que se denomina Inicialización
Criptográfica, durante el cual se carga un primer certificado denominado "Certificado de AFIP" cuya caducidad operará a los
veinte (20) años, imprimiendo un aviso "Certificado AFIP por Vencer" en el Informe Diario de Cierre desde 30 días antes de
que opere el vencimiento.
Copyright © 2018 – Andrés Moretti e Hijos S.A. – Página 4