AVISO DE LA FCC
Este aparato cumple con la parte 15 de las normas FCC. La operación está
sujeta a las siguientes dos condiciones:
1. Este dispositivo no puede causar interferencia dañina, y
2. Este dispositivo debe aceptar cualquier interferencia recibida, incluidas las
interferencias que puedan provocar un funcionamiento no deseado.
NOTA: Este equipo ha sido probado y se ha encontrado que cumple con los
límites para un dispositivo digital de la Clase B de conformidad con la Parte 15 de
las Reglas de la FCC. Estos límites están diseñados para proveer protección
razonable contra interferencia dañina en una instalación residencial. Este equipo
genera, usa y puede emitir energía de frecuencia de radio y, si no es instalado y
usado de acuerdo con las instrucciones, puede causar interferencia dañina a las
comunicaciones de radio. Sin embargo, no existe garantía de que no ocurrirá
interferencia en una instalación en particular. Si este equipo causa interferencia
dañina a la recepción de radio o televisión, la cual se puede determinar al apagar
y encender el equipo, pedimos al usuario que intente corregir la interferencia por
medio de una o más de las siguientes medidas:
□
Reorientar o reubicar la antena receptora.
□
Incrementar la separación entre el equipo y el receptor.
□
Conectar el equipo a un enchufe que se encuentre dentro de un circuito
diferente a donde está conectado el receptor.
□
Consultar a su distribuidor o un técnico de radio/TV especializado para
obtener ayuda.
PRECAUCIÓN: Cualquier cambio hecho al circuito electrónico anulará el
cumplimiento de este equipo con la Parte 15 de las Reglas de la FCC y no debe
ser operado.
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Cumple con la norma CAN-ICES 005 (B) / NMB-005 (B)
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