Regulación proyector (03_32, 03_33)
Proceder de la siguiente manera:
1. Colocar el vehículo en estado de uso con neumáticos inflados con la presión pres-
crita, en terreno llano a 10 m de distancia de una pantalla blanca situada en un lugar
oscuro, asegurándose de que el eje del vehículo quede perpendicular a la pantalla;
2. Encender el proyector y controlar que el límite del haz luminoso proyectado en la
pantalla no supere los 9/10 de la altura del centro del faro desde el suelo y que no
sea inferior a los 7/10;
3. En caso contrario, regular el proyector derecho interviniendo en el tornillo «A» al
que se puede acceder quitando el elemento de unión del escudo delantero en la sec-
ción «Grupo óptico delantero».
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N.B.
EL PROCEDIMIENTO DESCRITO ES EL ESTABLECIDO POR LA "NORMATIVA
EUROPEA" EN LO CONCERNIENTE A LA ALTURA MÁXIMA Y MÍNIMA DEL HAZ
LUMINOSO. DE TODAS MANERAS, CONTROLAR LAS DISPOSICIONES DE CA-
DA UNO DE LOS PAÍSES DONDE SE UTILIZA EL VEHÍCULO.
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