RED SERVICIO ASISTENCIA INTEGRAL
ARICA
BRAVO Y AGUIRRE LTDA.
FERNANDEZ Y ACEVEDO CIA.LTDA
IQUIQUE
SERVICIOS FERNANDEZ LTDA.
ANTOFAGASTA
SERVICIOS FERNANDEZ LTDA.
CALAMA
ESTEBAN MARTINEZ & CIA. LTDA.
COPIAPO
COMERCIAL ORESTES AVALOS E HIJOS LTDA
VALLENAR
COMERCIAL ORESTES AVALOS E HIJOS LTDA
LA SERENA
ORESTES AVALOS P.
COQUIMBO
FERNANDEZ Y CIA. LTDA.
OVALLE
VIÑA DEL MAR
SERVICIOS INDUSTRIALES LTDA.
SAN FELIPE
SERVICIOS INDUSTRIALES LTDA.
SAN ANTONIO
SUCKEL Y CIA LTDA.
MELIPILLA
SUCKEL Y CIA LTDA.
MAIPU
SERVICIO Y SOLUCIONES LTDA.
ACECÓN*
ACECÓN LTDA.
MATUCANA
JORGE BRAVO Y CIA. LTDA.
SAN BERNARDO
SOC. LIZANA Y CORTEZ LTDA.
VITACURA
SOC. LIZANA Y CORTEZ LTDA.
RANCAGUA
SERVICIOS INTEGRALES LTDA.
SAN FERNANDO
SERVICIOS INTEGRALES LTDA.
CURICO
SERVICIOS INTEGRALES LTDA.
TALCA
ARAYA Y ARAYA LTDA.
LINARES
ARAYA Y ARAYA LTDA.
CHILLÁN
DANIEL CORREA
CONCEPCIÓN
LUCIO ALTAMIRANO Y CIA. LTDA.
LOS ANGELES
SILVA CARPIO LTDA.
ANGOL
CASTILLO Y PARRA LTDA.
VICTORIA
CASTILLO Y PARRA LTDA.
TEMUCO
BRUN Y VALENZUELA LTDA.
LA REGLA Y PEREZ LTDA.
VALDIVIA
LA REGLA Y PEREZ LTDA.
OSORNO
STA. DEL SUR LTDA.
PUERTO MONTT
ERWIN GONZALES V.
CASTRO
COYHAIQUE
JORGE TORO BAEZ
PUERTO NATALES
OMAR HAROL
PUNTA ARENAS
LUIS GARCIA B.
* Acecón especialista en instalaciones de gas. RM
2 1
2
SOTOMAYOR 894
SARGENTO ALDEA 923
COPIAPO 956
VARGAS 1891
O' HIGGINS 331
A. PRAT 562
COLON 578
PORTALES 538
ARAUCO 251
QUILLOTA 951
FREIRE 245
BARROS LUCO 2291
SERRANO 118
PORTALES 165
PORVENIR 04.
MATUCANA 1043
VICTORIA 685
DETROIT 1674 ( VITACURA ALT: 7700)
CUEVAS 839
CHACABUCO 579
VIDAL 419
9 ORIENTE 1254
LAUTARO 533
18 DE SEPTIEMBRE 998
OROMPELLO 714
ERCILLA 105
O' HIGGINS 433
RAMIREZ 520
MIRAFLORES 1099
PICARTE 829
ANGULO 608
DOCTOR MARTIN 433
RAMIREZ 536
ALMIRANTE SIMPSON 780
BULNES 983
ANGAMOS 499
Producto:
Modelo:
N° de serie:
garantiza el correcto
funcionamiento del producto que es
objeto de la presente póliza, durante
los plazos y condiciones siguientes:
de fabricación o de calidad de sus
materiales, partes, piezas y compo-
nentes, el producto experimente una
falla que lo haga no apto para su uso
normal, le será reparado al consumi-
dor, en forma gratuita, por el SERVICIO
ASISTENCIA INTEGRAL MADEMSA. La
presente garantía no tendrá validez
si el producto se hubiere deteriorado
por un hecho imputable al consumi-
dor.
2. En el caso de presentar el produc-
to una falla, el consumidor en con-
formidad a lo dispuesto en el inciso
6° del artículo 21 de la ley N° 19.496,
sobre derechos de los consumidores,
deberá hacer efectiva la presente
garantía, requiriendo la prestación
de un SERVICIO ASISTENCIA INTEGRAL
MADEMSA.
Para los efectos de lo dispuesto en el
párrafo anterior, el consumidor debe-
rá presentar al SERVICIO ASISTENCIA
INTEGRAL MADEMSA, la presente pó-
liza, acompañada de la factura o bo-
leta de compra del producto.
3. Esta garantía tendrá vigencia y será
válida durante los tres meses siguien-
tes a la fecha de compra del produc-
to por parte del consumidor.
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