De acuerdo con el art. 13 del Decreto Legislativo de 25 de julio de 2005 nº 151
"Transposición de las Directivas 2002/95/CE, 2002/96/CE, 2003/108/CE, relativas a la
reducción de sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos y electrónicos, además
de la eliminación de residuos".
El símbolo del contenedor de basura barrado que aparece en el aparato o en el
envase indica que el producto debe ser eliminado separadamente al final de su vida
útil.
La recogida del presente aparato debe ser organizada y gestionada por el productor.
El usuario que quiera deshacerse del presente aparato deberá contactar, por tanto, el fabricante y seguir el
sistema que el mismo haya adoptado para permitir la recogida separada el aparato al final de su ciclo de
vida útil.
La adecuada recogida diferenciada para el reciclaje, tratamiento y eliminación compatible con el medio
ambiente del aparato contribuye a evitar los posibles efectos negativos en el medio ambiente y en la salud
y favorece la reutilización y/o reciclaje de los materiales que componen el aparato. La eliminación abusiva
del producto por parte del detentor comporta la aplicación de las sanciones administrativas previstas por la
normativa vigente.
Iscr.Reg.Nacional de fabricantes de AEE con el número:
INFORMACIÓN PARA LOS USUARIOS
IT08020000000645
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