Indicaciones sobre la planificación y de funcionamiento
13.13 Uso admisible
Conforme al uso previsto, el equipo debe instalarse y utilizarse
exclusivamente en sistemas cerrados según la norma EN 12828 en
instalaciones de energía solar de acuerdo con la norma EN 12977
teniendo en cuenta las instrucciones de montaje, para mantenedor y
S.A.T. y las instrucciones de servicio correspondientes. El interacu-
mulador de A.C.S. está previsto exclusivamente para la reserva y el
calentamiento de agua con calidad de agua sanitaria y el depósito
de inercia de agua de calefacción únicamente para el agua de lle-
nado con calidad de agua sanitaria. Los colectores de energía solar
solo deben funcionar con los medios portadores de calor autoriza-
dos por el fabricante.
El uso previsto establece que se haya efectuado una instalación
estacionaria en combinación con componentes homologados espe-
cíficos de la instalación.
La utilización industrial o comercial con fines diferentes a la calefac-
ción de edificios o la producción de A.C.S. se considera no admisi-
ble.
Anexo
14.1 Planes de fomento, permisos y seguros
Las instalaciones de energía solar térmica contribuyen de forma
importante al ahorro de recursos y a la protección del medio
ambiente. Junto con las modernas instalaciones de calefacción de
Viessmann, constituyen una solución integral óptima y de futuro
para la producción de A.C.S., el calentamiento del agua de piscinas
y el apoyo de la calefacción, así como para otras aplicaciones que
utilicen equipos de baja temperatura. Por esta razón, el Estado pro-
mueve el empleo de instalaciones de energía solar térmica.
Se pueden solicitar los formularios y las condiciones de concesión
de las subvenciones a la Oficina Federal de Economía y Control de
las Exportaciones (Bundesamt für Wirtschaft und Ausfuhrkontrolle,
www.bafa.de). Además, las comunidades autónomas y provincias
fomentan la utilización de instalaciones de energía solar. Consultar
en nuestras delegaciones.
Se puede encontrar información acerca de los planes de fomento
actuales en "www.viessmann.com" (Subvenciones>Programas de
fomento federales).
14.2 Glosario
Absorbedor
Dispositivo de un colector de energía solar que se encarga de
absorber energía de radiación y de transmitirla a un líquido en forma
de calor.
Absorción
Recepción de radiación
Intensidad de irradiación (nivel de radiación)
Potencia de radiación que incide sobre una unidad de superficie. Se
indica en W/m
2
Emisión
Emisión (radiación) de rayos, p. ej. de luz o partículas
Evacuar
Extraer el aire de un depósito. Con ello disminuye el aire compri-
mido, se produce vacío.
VITOSOL
(continuación)
Cualquier otra utilización deberá ser autorizada por el fabricante,
según las circunstancias.
Está prohibido el uso incorrecto o un manejo inadecuado del equipo
(p. ej., la apertura del mismo por parte de la empresa instaladora de
calefacción) y supone la exoneración de la responsabilidad.
También se considera un uso incorrecto la modificación de la fun-
ción apropiada de componentes del sistema (p. ej., mediante pro-
ducción directa de A.C.S. en el colector).
Se deben respetar las disposiciones legales, en especial acerca de
la limpieza del agua.
Los colectores de Viessmann cumplen los requisitos establecidos en
la norma RAL UZ 73 para obtener el distintivo "Ángel azul", que
ostentan los productos que respetan el medio ambiente. La obten-
ción del permiso para el montaje de instalaciones de energía solar
no se rige por criterios uniformes. Consultar en la Oficina de Urba-
nismo competente si las instalaciones de energía solar requieren
algún tipo de permiso o registro.
La resistencia de los colectores de energía solar Viessmann a los
impactos, entre otros de granizo, ha sido probada según
EN 12975-2 o ISO 9806. Sin embargo, a fin de protegerlos de fenó-
menos meteorológicos especialmente violentos, se recomienda
incluir los colectores en el seguro del inmueble. Nuestra garantía no
cubre daños de este tipo.
Capacidad de producción de vapor (DPL)
Potencia de la batería de colectores en W/m
estancamiento, se transmite a las tuberías en forma de vapor. La
capacidad máxima de producción de vapor depende del comporta-
miento de vaciado de los colectores y de la batería de colectores
(consultar página 142).
Alcance del vapor (DR)
Longitud de la tubería que se llena de vapor cuando se produce un
estancamiento. El alcance máximo del vapor depende de la pérdida
máx. de potencia de la tubería (aislamiento térmico). Los datos habi-
tuales se refieren al 100 % del espesor de aislamiento.
Heatpipe (tubo de calor)
Depósito cerrado, de forma capilar, que contiene una pequeña canti-
dad de un líquido volátil.
Condensador
Dispositivo en el que el vapor se precipita en forma de líquido.
2
que, en caso de
14
VIESMANN
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