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ORANGE MF637 Guía De Instalación Y De Uso página 22

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c) Atender, a través de su departamento de Atención al Cliente las quejas formuladas y cuestiones o reclamaciones que sobre la
prestación del Servicio pueda tener el Cliente, y asignándoles un número de referencia.
d) ORANGE facilitará al Cliente la información adecuada para la mejor prestación del Servicio. Dicha información podrá ser suministrada
con carácter general mediante anuncios en los medios de comunicación social o a través de los canales de distribución que colaboren
con ORANGE en la prestación del Servicio. ORANGE comunicará sus ofertas de Servicio a la Administración competente.
e) Reparar en el plazo más breve posible las averías que se puedan producir en la estructura necesaria para la prestación del Servicio.
f) Sin perjuicio de lo contemplado en estas Condiciones, respetar la conservación, con arreglo a la Ley, del número telefónico del Cliente
en las condiciones y procedimientos establecidos, y conforme a las disposiciones de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
evia
comunicación del Cliente a ORANGE, gratuitamente tres veces al año, mediante llamada al servicio de Atención al Cliente y remisión de
fax, acreditando para ello su identidad y operando como referencia el número de solicitud, con una antelación mínima de diez días a la
fecha en que deba tener lugar la desconexión. En caso de que la desconexión no se produjera tras dicho plazo de diez días, por causas no
imputables al Cliente, serán de cargo de ORANGE los costes derivados del servicio cuya desconexión se solicita.
ORANGE tendrá derecho a:
vicio en
aplicación de la tarifa en vigor en cada momento, de conformidad con lo dispuesto en las presentes Condiciones.
b) Proceder al cobro al Cliente las cantidades establecidas en compensación al gasto originado por más de tres anulaciones al año de
c) Introducir cuantos cambios vengan exigidos por la organización y necesidades del Servicio, o porconveniencias o condiciones técnicas
en los sistemas, instalaciones y/o dispositivos del Cliente, previa comunicación al mismo.
d) Restringir servicios en función del uso, consumo y/o pago irregular de éstos.
e) Cesar en la prestación del Servicio en los casos en que, de acuerdo a Derecho, el Cliente incurra en un comportamiento desleal o en
contra de las exigencias de la buena fe, realice actos que puedan hacer peligrar o perjudicar la Red, que supongan la utilización impropia,
f) Interrumpir el Servicio en el caso de extinción de la condición de ORANGE de Operador cuando la falta de tal condición imposibilite la
prestación del Servicio, sin que de ello se derive derecho del Cliente a indemnización alguna salvo que correspondiera en relación al
Servicio prestado con anterioridad a dicho momento.
7.- Las comunicaciones que hayan de realizarse con motivo del Servicio y en ejecución del mismo, se efectuarán por escrito y por correo,
salvo que su objeto sea posible telefónicamente de acuerdo con la información de utilización del Servicio suministrada al Cliente a través
del número 1414 o el que se designe en su sustitución, y/o a través de otros canales que en su caso se predispongan por ORANGE en el
futuro para facilitar el Servicio. A estos efectos se tendrán por designados, para ORANGE, el domicilio social indicado más abajo, que a su
GE dispone,
con el objeto de proporcionar el acceso de buena fe a contenidos e información relacionados con el Servicio y sus condiciones, del sitio
web en Internet www.orange. es y de un buzón de sugerencias.
rvicio de
Atención al Cliente mediante llamada gratuita desde numeración de ORANGE al número 470 o desde cualquier otro telefono español al
número 656001470 o el que se designe en su sustitución, o bien al correo electrónico: atencweb.es@orange-ftgroup.com, a través de
entar
reclamaciones sobre el funcionamiento, precio, facturación, responsabilidad por daños o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse
en relación con la prestación del Servicio, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive. En caso de
reclamación formulada telefónicamente a través de su Servicio de Atención al Cliente, se informa a éste último de que podrá solicitar un
documento acreditativo de la presentación y contenido de la queja o reclamación. Formulada la reclamación expresa dirigida a ORANGE,
si el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de ORANGE en el plazo de un mes podrá dirigir su reclamación a las Juntas
Arbitrales de Consumo a las que ORANGE esté adherida. ORANGE le informa que en la actualidad está adherida al arbitraje de consumo
eda
del ámbito de sumisión al sistema de arbitraje de consumo adherido, el Cliente, en el plazo de tres meses desde la respuesta de ORANGE
la Sociedad
ión,
corrección o calidad de los bienes o servicios solicitados a través del Servicio Pago ORANGE deberán ser dirigidas contra los

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