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General
Este producto cumple con los estándares de seguridad y radiofrecuencia de
cualquier país o región en los que se haya aprobado el uso de la tecnología
inalámbrica. En función de la configuración, este producto puede incorporar
dispositivos de radio inalámbricos (como módulos de LAN inalámbrica o
Bluetooth). La siguiente información se aplica a productos con dichos
dispositivos.
Unión Europea (UE)
Directiva R&TTE 1999/5/EC, según verificación de conformidad con el siguiente
estándar armonizado:
Artículo 3.1(a) Salud y Seguridad
•
EN60950-1:2001+ A11:2004
•
EN50371:2002
•
Artículo 3.1(b) EMC
•
EN301 489-1 V1.6.1
•
EN301 489-3 V1.4.1
•
EN301 489-17 V1.2.1
•
Artículo 3.2 Usos de Espectro
•
EN300 220-3 V1.1.1
•
EN300 328 V1.7.1
•
EN300 440-2 V1.1.2
•
EN301 893 V1.2.3
•
Lista de países aplicables
Los países miembros de la UE en mayo de 2004 son: Bélgica, Dinamarca,
Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos,
Austria, Portugal, Finlandia, Suecia, Reino Unido, Estonia, Letonia, Lituania,
Polonia, Hungría, República Checa, República Eslovaca, Eslovenia, Chipre y
Malta. Además de los países de la Unión Europea, también se permite el uso en
Noruega, Suiza, Islandia y Liechtenstein. Este dispositivo debe utilizarse de
acuerdo con las reglamentaciones y restricciones del país de uso. Para más
información, póngase en contacto con el organismo regulador del país de uso.