El Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre otorga a los
bienes de naturaleza duradera una garantía legal de 2 años.
Quedan excluidos de la garantía las averías o daños producidos por:
- Instalación incorrecta (voltaje, presión de gas o agua, conexiones
eléctricas o hidráulicas), reinstalaciones o amueblamientos
efectuados por el consumidor sin aplicar las correctas instrucciones.
- Causas accidentales como caídas, golpes, vertido de líquidos,
introducción de cuerpos extraños, así como cualquier otra de fuerza
mayor.
- Uso negligente, inadecuado, o no doméstico como aparatos
instalados en peluquerías, bares, restaurantes, hoteles, etc.
- La intervención o manipulación de servicios técnicos distintos a los
oficiales de la marca.
- Corrosión y/o oxidación, ya sean causados por el uso y desgaste
normal del aparato, o acelerados por condiciones ambientales
adversas.
- Uso de accesorios o consumibles que no sean originales de la
marca.
Igualmente, quedan excluidos de la garantía:
- Componentes expuestos a desgaste por el uso normal (lámparas,
burletes, aislantes, tubos, desagües, etc.) a partir del sexto mes,
salvo defecto de origen.
- Componentes no electromecánicos, estéticos, plásticos, cristales,
abatibles, jaboneras, baldas, rejillas, etc.
- Servicios de conservación, limpieza, desatascos, cambio de sentido
de puerta, eliminación de cuerpos extraños, obstrucciones, puesta a
punto o recalibrado, etc.
- Productos informáticos: Eliminación de virus, restauración de
programas por este motivo, o la reinstalación del disco duro por
borrado del mismo.
Servicio de asistencia técnica:
Presat,S.A.
Atención telefónica en 902 104 517 o en su pagina web www.presat.net
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