Cumplimiento con la
normatividad
Información sobre la sección 68 del reglamento de la FCC
(Comisión Federal de Comunicaciones de los EE.UU.)
Este equipo cumple con la sección 68 del reglamento de la
FCC y los requisitos adoptados por la ACTA (Asociación
Estadounidense
Portadoras). En la base de este equipo se encuentra una etiqueta
que contiene, además de otra información, un identificador de
producto en el formato US:AAAEQ##TXXXX. En caso de
solicitarse, deberá proporcionarse este número a la compañía
telefónica. El enchufe y el conector usados para conectar este
IL30/IL40 al cableado y a la red telefónica del lugar pertinente
deben cumplir con el reglamento aplicable de la sección 68 de la
FCC
y con los requerimientos adoptados por la ACTA. Este
producto viene con un cable telefónico provisto de enchufe modular,
RJ11C USOC, que cumple con las normas. Está diseñado para
ser conectado en un adaptador modular compatible que también
cumpla con las normas. Vea los detalles en las instrucciones de
instalación. Se utiliza el REN (Número equivalente de dispositivos
de llamada) para determinar el número de dispositivos que pueden
ser conectados a una línea telefónica. Un REN muy alto en una
línea telefónica podría ocasionar que los dispositivos no timbren en
respuesta a una llamada ingresante. En la mayoría, aunque no en
todas las áreas, la suma de los REN no debe exceder de cinco
(5.0). Para asegurarse del número de dispositivos que pueden
ser conectados a una línea, de acuerdo con lo determinado por el
total de REN, contacte a la compañía de servicio telefónico local.
Para los productos aprobados después del 23 de julio de 2001,
el REN forma parte del identificador que tiene el formato
US:AAAEQ##TXXXX. Los dígitos representados por ## son el
REN sin punto decimal (p. Ej., 03 es un REN de 0.3). Para
productos anteriores, el REN se muestra por separado en la
etiqueta. Si este equipo telefónico (IL40) causa daño a la red
telefónica, la compañía telefónica le notificará con anticipación
que quizás sea necesario suspender temporalmente el servicio.
Si la compañía telefónica no pudiera avisar con anticipación al
de
Telecomunicaciones
por
Frecuencias