BTE Mini Manual De Instrucciones página 51

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Si el audioprotesista determina mediante sus preguntas, observación directa o cualquier otra
información disponible sobre el posible usuario que dicho usuario tenga cualquiera de las
siguientes condiciones:
1.
Deformidad visible traumática o congénita del pabellón auditivo.
2.
Historial de supuración en los 90 días anteriores.
3.
Historial de pérdida auditiva repentina o progresivamente rápida en los 90 días anteriores.
4.
Mareo agudo o crónico.
5.
Pérdida auditiva unilateral súbita o de reciente aparición en los 90 días anteriores.
6.
Intervalo de la audiometría aérea-ósea igual o superior a 15 dB a 500 hertzios (Hz), 1.000 Hz y
2.000 Hz
7.
Evidencia visible de acumulación significativa de cerumen o un cuerpo extraño en el canal
auditivo.
8.
Dolor o incomodidad en el oído.
ATENCIÓN: La potencia de salida máxima del generador de sonido se enmarca en el rango
que puede causar pérdida de audición, según las regulaciones de la OSHA. De conformidad
con NIOSH, el usuario no debe utilizar el generador de sonido durante más de ocho (8)
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