NOTA:
El aparato debe cumplir las siguientes regulaciones nacionales locales.
•En Canadá debe cumplir con CAN ICES-3(B)/NMB-3(B).
•En los EE. UU. este dispositivo cumple con la parte 15 de las reglas sobre FCC. La operación está sujeta a las
siguientes condiciones:
(1) Este artefacto no debe causar interferencia nociva, y
(2) Este artefacto debe aceptar cualquier interferencia recibida, incluso interferencias que puedan causar
funcionamiento indeseado.
Este equipo ha sido probado y se encontró que cumple con los límites de un artefacto digital clase B,
conforme a la parte 15 de las reglas sobre FCC. Estos límites están diseñados para proveer protección
razonable contra interferencia nociva en una construcción residencial. Este equipo genera, usa y puede emitir
energía de radiofrecuencia y, si no se instala y usa de acuerdo con las instrucciones, puede causar
interferencia nociva para las radiocomunicaciones. Sin embargo, no hay garantía de que no ocurra
interferencia en una construcción en particular. Si este equipo causa interferencia nociva a la recepción de
radio o televisión, lo cual puede ser determinado encendiendo y apagando el equipo, se recomienda al
usuario tratar de corregir la interferencia con una o más de las siguientes medidas:
•Reorientar o reubicar la antena receptora.
•Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
•Conectar el equipo en un tomacorriente en un circuito diferente de aquel donde está conectado el receptor.
•Pedir ayuda al distribuidor o a un técnico de radio/TV con experiencia.
•Los cambios o modificaciones no aprobados por la parte responsable del cumplimiento podrían
anular la autoridad del usuario para operar el equipo.
Para más información consulte www.MrCool.com
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