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Declaraciones de la FCC
NOTA: Este equipo se verificó y se comprobó que cumple con los límites para un
dispositivo digital clase B, conforme a la Sección 15 de las reglas de la Comisión Federal
de Comunicaciones (FCC). Estos límites están diseñados para brindar una protección
razonable frente a interferencia perjudicial en un establecimiento residencial. Este equipo
genera, usa y puede irradiar energía de radiofrecuencia y, si no se instala y utiliza
siguiendo las instrucciones, puede causar interferencia perjudicial a las
radiocomunicaciones. Sin embargo, no existe garantía de que la interferencia no ocurrirá
en una instalación en particular. Si este equipo causa interferencia perjudicial a las
radiocomunicaciones o a la recepción televisiva, lo que se puede determinar al encender y
apagar el equipo, se recomienda que el usuario intente corregir la interferencia mediante
una o más de las siguientes medidas:
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Orientar o reubicar la antena de recepción.
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Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
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Conectar el equipo a una toma en un circuito diferente del circuito en el que está
conectado el receptor.
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Consultar al proveedor o a un técnico con experiencia en radio/TV para obtener ayuda.
Los cambios o modificaciones que no tengan la aprobación expresa de la parte
responsable del cumplimiento pueden anular el permiso del usuario para utilizar el equipo.
Este dispositivo cumple con la Sección 15 de las reglas de la Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC). El uso de este equipo está sujeto a las dos condiciones
siguientes:
1. Este dispositivo no causa interferencia perjudicial; y
2. Este dispositivo debe aceptar cualquier interferencia recibida, incluso interferencia que
pueda causar un funcionamiento no deseado.
Este equipo cumple con los límites de exposición a la radiación de la FCC establecidos
para un entorno no controlado. Este equipo debe instalarse y operarse con una distancia
mínima de 20 cm entre el radiador y su cuerpo.
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