8. GARANTÍA
Trotter Industrial Ltda. Garantiza el correcto funcionamiento del producto, objeto de la
presente Póliza de Garantía Legal en la forma, plazos y condiciones siguientes:
8.1. Esta póliza deberá hacerse efectiva ante cualquier servicio técnico autorizado Trotter
Industrial Ltda.
8.2. En caso de diferencias de fabricación o de calidad de materiales, partes, piezas y
componentes que hagan el producto no apto para su uso normal, este será reparado al
consumidor en forma gratuita en las instalaciones de Asistencia Técnica de Trotter Industrial
Ltda., Servicios Técnicos autorizados en regiones o en el lugar donde está instalando el
artefacto, siempre y cuando la ubicación sea dentro de la circunvalación de Américo Vespucio.
Sí el artefacto está instalado fuera del radio urbano, el costo de traslado del técnico
(combustible, peaje y desgaste de vehículo) es de cargo del cliente y asciende a 2 UF por
cada 100 km, desde el límite del radio urbano hasta el destino.
8.3. Se excluyen de esta garantía legal los daños ocasionados por hechos imputables al
consumidor, por la instalación incorrecta del producto, maltratos posteriores a la entrega,
desconocimiento y/o desobediencia a las instrucciones de uso, mantención y utilización de
combustibles inadecuados o de mala calidad.
8.4. Sí el producto presentase una falla en su funcionamiento, el consumidor en conformidad
a lo dispuesto en el inciso sexto del Art. 21 de la Ley N° 19.496, sobre derechos de los
consumidores, podrá hacer efectiva la presente garantía legal requiriendo la prestación del
servicio técnico autorizado Trotter Industrial Ltda.
8.5. Esta garantía tendrá vigencia durante 90 días a contar de la fecha de boleta o factura de
compra del producto por parte del consumidor y será válida sólo contra la presentación de la
boleta o factura correspondiente.
8.6. Quedan expresamente excluidas de la presente garantía las perforaciones debidas a las
heladas, la corrosión provocada por los aparatos de producción de calor, los accidentes
motivados por un mal funcionamiento de los órganos de seguridad, la corrosión en consecuencia
de concentración de cloruros superior a 150 mg/L o un pH inferior a 7, en agua potable, corrosión
por grietas o fisuras, por picaduras, corrosión bajo tensión, corrosión intergranular, corrosión
galvánica, corrosión microbiológica. Se excluye de la garantía las averías causadas debido a
elementos extraños, sólidos o minerales, provenientes del fluido, por precipitación o
incrustaciones u otros elementos disueltos en el fluido, además de daños producidos por causas
de fuerza mayor (fenómenos atmosféricos, geológicos, etc.). No incluye deterioro por fallas en el
control de seguridad del sistema.
FIGURA 5. TABLA DE DUREZA PARA AGUAS.
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