Avisos
Declaración de la Comisión Federal de Comunicaciones
Este dispositivo cumple con la Sección 15 de las Normas de la FCC. El
funcionamiento está sujeto a las siguientes dos condiciones:
•
Este dispositivo no debe ocasionar interferencia perjudicial y
•
Este dispositivo debe aceptar cualquier interferencia que reciba,
incluyendo la que pueda ocasionar un funcionamiento no deseado.
Este equipo ha sido probado y cumple con los límites para los dispositivos
digitales Clase B, de acuerdo a la Sección 15 de las Normas de la FCC.
Estos límites están diseñados para suministrar una protección razonable
contra la interferencia perjudicial en una instalación residencial. Este
equipo genera, utiliza y puede irradiar energía en forma de radiofrecuencia
y, si no se instala y utiliza de acuerdo con las instrucciones, puede
provocar interferencia perjudicial para las radiocomunicaciones. Sin
embargo, no existe garantía de que no se ocasionará interferencia en una
instalación específica. Si el equipo ocasiona interferencia perjudicial a la
recepción de radio o televisión, lo que puede determinarse encendiendo y
apagando el equipo, se sugiere al usuario intentar corregir la interferencia
por medio de una o más de las siguientes medidas:
•
Reorientar o reubicar la antena receptora.
•
Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
•
Conectar el equipo a un tomacorriente en un circuito distinto del que
está conectado el receptor.
•
Solicitar ayuda al distribuidor o a un técnico de radio o televisión
experimentado.
Se requiere utilizar cables blindados para la conexión del monitor a la tarjeta de
gráficos para garantizar el cumplimiento de las reglamentaciones de la FCC.
Cualquier cambio o modificación a esta unidad no expresamente aprobado por la
parte responsable del cumplimiento podría anular la autorización del usuario para
operar el equipo.
iv