DECLARACIÓN DE GARANTÍA LIMITADA – EE.UU.
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PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER CONFLICTOS:
TODOS LOS CONFLICTOS ENTRE USTED Y LG QUE SURJAN FUERA
DE O RELACIONADOS DE ALGUNA MANERA CON ESTA GARANTÍA
LIMITADA O CON EL PRODUCTO, SE RESOLVERÁN
EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE UN ARBITRAJE VINCULANTE Y NO
EN UNA CORTE DE JURISDICCIÓN GENERAL. ARBITRAJE
VINCULANTE SIGNIFICA QUE USTED Y LG RENUNCIAN AL DERECHO
DE UN JUICIO CON JURADO Y A REALIZAR O PARTICIPAR EN UNA
DEMANDA COLECTIVA.
Definiciones. Para el propósito de esta sección, las referencias a "LG"
significan: LG Electronics U.S.A., Inc., sus empresas matrices,
subsidiarias y filiales y cada uno de sus directivos, directores,
empleados, agentes, beneficiarios, predecesores en interés, sucesores,
cesionarios y proveedores; las referencias a "conflicto" o "reclamación"
incluirán cualquier conflicto, reclamo o controversia de cualquier tipo, sin
importar (ya sea basado en contrato, agravio, estatuto, regulación,
ordenanza, fraude, falsa representación o cualquier teoría legal o
equitativa) que surja de o esté relacionada con cualquier forma de venta,
condición o desempeño del producto o de esta Garantía Limitada.
Aviso de disputa. En caso de que usted desee iniciar un procedimiento
de arbitraje, primero debe notificar a LG por escrito al menos 30 días
antes de iniciar el arbitraje enviando una carta a LG a LG Electronics,
USA, Inc. Atención: Legal Department- Arbitration 111 Sylvan Avenue,
North Building, Englewood Cliffs, NJ 07632. Usted y LG aceptan
participar en discusiones de buena fe en un intento de resolver su
reclamo de manera amistosa. En la carta debe proporcionar su nombre,
dirección y número de teléfono; identificar el producto que es objeto de
la reclamación; y describir la naturaleza del reclamo y el remedio que
busca. Si usted y LG no puede resolver la disputa dentro de 30 días,
cualquiera de las partes puede proceder a presentar una demanda de
arbitraje.