Declaración de la Comisión Federal de Comunicaciones relativa a interferencias
Tras haber sido sometido a todas las pruebas pertinentes, se ha comprobado que este equipo cumple
con los límites establecidos para dispositivos digitales Clase B, conforme a la Sección 15 del
Reglamento de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC). Tales límites definen los niveles
máximos permisibles a las interferencias nocivas de la energía radioeléctrica en instalaciones
residenciales. Puesto que el actual equipo genera, utiliza y puede radiar energía radioeléctrica, si no
observa las instrucciones relativas a la instalación y operación del dispositivo, puede provocar
interferencias nocivas a las comunicaciones por radio. Sin embargo, no es posible garantizar que no
se producirá interferencia alguna en una instalación determinada. Dado el caso de que el equipo
interfiriera en la recepción de aparatos de radio o televisión, lo cual se puede determinar al apagar y
volver a encender el dispositivo, le recomendamos al usuario que intente una o más de las siguientes
medidas con el objeto de corregir la situación:
• Vuelva a orientar o cambie la ubicación de la antena receptora.
• Aumente la distancia que separa el equipo y el aparato receptor
• Conecte el equipo en una toma de corriente situada en un circuito distinto al cual está conectado
el receptor.
• Solicite asistencia al distribuidor o a un técnico experimentado en radio o aparatos de TV.
Primus
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