SECCIÓN 3: INSTALADOR HIDRÁULICO
En esta sección encontrará todas las indicaciones necesarias para instalar desde un
punto de vista hidráulico los generadores Serie K.
3.1 NORMAS GENERALES DE INSTALACIÓN DEL APARATO.
La instalación debe efectuarse, según las instrucciones del fabricante, por personal
profesionalmente cualificado. Por personal profesionalmente cualificado se entiende
aquellas personas que tienen la competencia técnica en el sector de los componentes de
instalación de calefacción. En cualquier caso, llamando a la oficina de Pre Venta de
ROBUR, S.A. (tel. 035/888111) podrá recibir información necesaria.
Un error en la instalación puede causar daños a personas, animales y cosas, al frente de
los cuales el fabricante no se hace responsable. Por tanto, atenerse a la normativa
vigente y en particular:
• Al D.M del 12 de abril de 1996 que contiene las reglas de prevención de incendios
para la proyección, construcción y ejercicio de instalaciones térmicas alimentadas
por combustibles gaseosos.
• DPR n 412/93 que regula la proyección, instalación, ejercicio y manutención de las
instalaciones térmicas.
• DPR n 551/99 que introduce alguna modificación al DPR n 412/93.
• A la ley n 46/90 y al relativo reglamento de actuación (DPR 447/91) sobre la
seguridad de las instalaciones térmicas.
• A la norma UNI CIG 7129 que reula la instalación de aparatos alimentados por gar
natural.
• A la norma UNI CIG 7131 que regula la instalación de aparatos alimentados a
GPL.
• A la ley n.186 del 1 de marzo de 1968 que atañe a las instalación de instalaciones
eléctricas.
Para la instalación es importante respetar las siguientes prescripciones:
• La distancia entre el lado posterior del generador y la pared debe ser tal que
permita la suficiente toma de aire (mínimo 330 mm). La distancia mínima de las
paredes laterales aparece en la Figura 14.
• La altura óptima recomendada del suelo a la base del generador es de 2,5-3,5 m
(ver Figura 14). Alturas inferiores a 2,5 metros son desaconsejables ya que el flujo
de aire en la salida de la boca podría afectar al personal presente en el ambiente
generando malestar en este sentido. Además, se recuerda que para alturas
inferiores a 2,5 metros la normativa vigente requiere mayores prescripciones. Se
desaconseja la instalación con alturas superiores a 3,5 metros porque de este
modo no se asegura una toma de aire en los estratos más bajos del ambiente,
generando situaciones potenciales de estancamiento de aire frío cerca del suelo.
• Para obtener el máximo confort y rendimiento de la instalación se aconseja
observar las siguientes normas:
o Hacer atención a que el flujo de aire no afecte directamente al personal.
o Tener cuenta de la presencia de obstáculos (pilares u otros).
Ed. 11/2018
Instalador hidraulico
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