.14
fig. 13
1.
La altura mínima de cualquier unidad adyacente (incluyendo
lambrequines de luz) es de 450mm, a menos que estén fabricadas con un
material resistente al fuego (por ejemplo, baldosas de cerámica).
No se permite la instalación de una campana o mueble a una distancia
(altura) inferior a 600 mm. y superior a 750 mm. por encima de las placas
calientas.
2.
Deje un espacio libre de al menos 50mm entre la parte inferior del
aparato y cualquier área combustible.
fig. 13
fig. 14