3.0 WB
10.1 Realización de controles de seguridad
Antes de la puesta en marcha inicial, compruebe la eficacia de las medidas de
protección del sistema de acuerdo con la normativa nacional aplicable.
Los sistemas o aparatos eléctricos deben ser verificados por el instalador del sistema
o aparato antes de la puesta en marcha inicial. Esto también se aplica a la ampliación o
modificación de sistemas o aparatos eléctricos existentes.
Se subraya expresamente que deben respetarse todas las disposiciones relativas a
las medidas de protección.
Entre otros, deben observarse los siguientes puntos:
•
Los controles de la continuidad de las conexiones del conductor, la
resistencia de aislamiento, la corriente de activación de RCD (FI), e tiempode
activación, etc... se deben realizar.
•
El equipo de medición utilizado debe cumplir la normativa nacional.
•
Los resultados de las mediciones deben documentarse. Debe elaborarse y
conservarse un protocolo de prueba para cada inspección.
Información
El comportamiento de activación de la supervisión continua de la corriente de defecto
se basa en la norma específica del producto IEC 62955, que permite un retardo de
activación de 10 segundos. Esto puede dar lugar a una evaluación negativa con los
ajustes de control habituales para los interruptores de corriente de defecto de tipo B.
Deben utilizarse ajustes de control especiales para EVSE (equipos de alimentación de
vehículos eléctricos).
Manual de instalación V 1.01
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Puesta en servicio