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VERIFICACIÓN DEL REFRENTADOR:
Seleccionando ahora la segunda opción REFRENTADOR del Menú TOPE ELÉCTRICA:
TEST PULSADORES
TEST REFRENTADOR
24EC
226 Volt
En condiciones de funcionamiento en vacío, el consumo del refrentador debe situarse
sobre los 4 ó 5 A, aproximadamente. Como protección, la limitación de trabajo en carga
del refrentador es de 25 A como máximo. Si en condiciones de trabajo se excediera ese
valor, el refrentador se detendrá apareciendo en pantalla el mensaje: CONSUMO
EXCESIVO DEL REFRENTADOR.
Pulsar CANCELAR para salir de esta opción y retornar al menú de test de TOPE
ELÉCTRICA.
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VERIFICACIÓN DE LAS TEMPERATURAS:
Seleccionando TEMPERATURAS del Menú TOPE ELÉCTRICA:
AMBIENTE:
INTERNA:
PLACA:
Finalmente, la temperatura de la placa calentadora, que es la que registra la sonda de
temperatura instalada en el interior de la placa, viene indicada en tres campos:
TEMPERATURA INTERNA (TTT°C) / DIFERENCIAL APLICADO (-DD°C) / TEMPERATURA
SUPERFICIAL (210°C).
Pulsar CANCELAR para salir de esta opción y retornar al menú de test de TOPE
ELÉCTRICA.
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- DIAGNOSIS DE AVERÍAS
¡ ATENCIÓN !
En máquinas ODS225E con refrentador a 230/110 V, remitirse al punto
4.2.3 Tope Hidráulica: VERIFICACIÓN DEL REFRENTADOR .
REFRENTADOR
OFF
CANCELAR
50 Hz
0.0 A
TEMPERATURAS
21 EC
30 EC
TTT°C / -DD°C / 210 EC
CANCELAR
MANUAL DEL USUARIO
ODS + TRACK AUTOMÁTICA
Seleccionar primeramente TEST PULSADO-
RES. Pulsar los dos pulsadores del refren-
tador. Si el circuito está correcto, el OFF de
la pantalla cambia a ON en el momento de
pulsar (el refrentador no se pondrá en
marcha).
Seleccionando ahora TEST REFRENTADOR,
al pulsar los pulsadores del refrentador se
pondrá en marcha el refrentador, indicán-
dose en pantalla el consumo.
Esta opción informativa nos muestra las
diferentes temperaturas a tener en consi-
deración por la unidad y por el operador.
La temperatura ambiente es la leída por el
captador de temperatura exterior de la
unidad. La temperatura interna es la lectu-
ra de la temperatura registrada en el inte-
rior de la unidad.
Edición: Abril 2014
Revisión: Nº 11