no modificado, cuando sea usado correctamente y de
conformidad con la Documentación y con este
Contrato, estará libre de defectos reproducibles que
eliminen la funcionalidad u operación correcta de
una característica crítica al funcionamiento u opera-
ción correcta del Software. Tait será el único respon-
sable de determinar si ha ocurrido algún defecto. Tait
no garantiza que el uso que el Concesionario haga
del Software o de los Productos designados sea con-
tinuo, esté libre de errores, o totalmente libre de vul-
nerabilidades de seguridad, o que el Software o los
Productos designados cumplan con los requisitos
particulares del Concesionario. Tait no representa ni
garantiza nada respecto del software de terceros que
esté incluido en el Software.
6.2. La única obligación de Tait para con el Conce-
sionario, y la solución exclusiva que el Concesiona-
rio tiene bajo esta garantía, es hacer lo posible por
remediar cualquier defecto material del Software que
esté cubierto por la garantía. Estos esfuerzos consisti-
rán en reemplazar los medios o intentar corregir los
errores significativos y demostrables existentes en el
programa o en la documentación o en las vulnerabi-
lidades de seguridad. Si Tait no logra corregir el
defecto dentro de un periodo razonable, entonces
Tait podrá optar por reemplazar el Software defec-
tuoso con Software equivalente que funcione, con-
ceder al Concesionario licencia para aplicaciones de
Software sustitutas que consigan el mismo objetivo, o
cancelar la licencia y reembolsar el importe que
pagara el Concesionario por ella. Si tras el debido
examen realizado por Tait, Tait deduce que el
defecto percibido no es tal y no existe, Tait podrá
recuperar los costos incurridos en tal investigación,
los cuales deberán ser cubiertos por el Concesiona-
rio.
6.3. Tait no se responsabiliza de ninguna garantía del
Software o de la Documentación a excepción de las
garantías expresas estipuladas en esta Sección 6. Las
garantías de la Sección 6 sustituyen a todas las demás
ya sean expresas o implícitas, orales o escritas, e inclu-
yen pero no se limitan a todas y a cualquiera de las
garantías implícitas de condición, título, comerciali-
zación y ajuste para un propósito o uso particular del
Concesionario (ya sea conocido por Tait, Tait tenga
razones para saberlo, se lo hayan notificado, o esté al
corriente por alguna otra vía de tal fin o uso), y ya
surga por razones legales, costumbres o uso comer-
cial o durante el transcurso del trato comercial. Asi-
mismo, Tait no tiene obligación de que la garantía
cubra a ninguna persona distinta del Concesionario
con respecto al Software o a la Documentación.
Sección 7 TRANSFERENCIAS
7.1. El Concesionario no transferirá el Software ni la
Documentación a terceros sin el consentimiento
previo por escrito de Tait. Tait puede negar tal con-
sentimiento o concederlo a discreción propia bajo la
condición de que el Concesionario pague los dere-
chos de licencia aplicables y consienta a lo estipulado
en este Contrato.
7.2. En lo que respecta a los distribuidores o vende-
dores de los Productos designados de Tait, el consen-
timiento mencionado en la Sección 7.1 puede estar
contenido en el Contrato de los distribuidores o ven-
dedores de Tait.
7.3. Si los Productos designados son productos de
Tait móviles instalados en un vehículo o radios por-
Guía de instalación de las radios móviles TM9100 de 110 W
© Tait Limited Octubre de 2012
tátiles de mano y el Concesionario transfiere la pro-
piedad del radio Tait móvil o portátil a terceros, el
Concesionario podrá asignar su derecho de uso del
Software insertado o instalado para su uso en los
equipos de radio y la Documentación relacionada;
siempre que el Concesionario transfiera todas las
copias del Software y la Documentación a la persona
a la que se ha hecho la transferencia.
7.4. Para evitar cualquier duda, la Sección 7.3
excluye la Infraestructura TaitNet o los productos
contenidos en cualquier momento en la lista de pro-
ductos de la red:
http://www.taitradio.com
7.5. Si el Concesionario, en calidad de contratista o
subcontratista (integrador), compra productos dise-
ñados por Tait y software con licencias no para su
propio uso interno sino para uso final por un cliente,
el Concesionario podrá transferir dicho Software,
pero sólo si a) el Concesionario entrega al usuario
todas las copias de dicho Software y la Documenta-
ción Relacionada y b) el Concesionario ha obtenido
primero de su Cliente (y, si el Concesionario actúa
como subcontratista, del(os) usuario(s) en el interín y
del usuario final de la sublicencia) un contrato de
sublicencia ejecutable que prohiba cualquier otra
transferencia y que contenga limitaciones que sean
sustancialmente idénticas a los términos establecidos
en este Contrato general de licencia de software.
Excepto lo anteriormente expuesto, ni el Concesio-
nario ni ningún otro usuario que vaya a transferir
aplicaciones según lo estipulado en este Apartado
podrá transferir o poner a disposición de terceros
ninguna aplicación de software de Tait y no deberá
permitir que ninguna otra parte lo haga. El Conce-
sionario deberá presentar (en caso de que le sea soli-
citado) cualquier prueba que demuestre conformi-
dad con todo lo anteriormente expuesto y que sea
razonablemente satisfactoria para Tait .
Sección 8 TÉRMINOS Y ANULACIÓN
8.1. El derecho que el Concesionario tiene de usar el
Software y la Documentación comenzará en el
momento en que los Productos designados sean
suministrados por Tait al Concesionario y continuará
durante todo el tiempo que dure la vida útil de los
Productos designados para los cuales o con los cuales
fue suministrado el Software y la Documentación, a
no ser que el Concesionario incumpla lo estipulado
en este Contrato, en cuyo caso este Contrato y el
derecho que el Concesionario tiene para usar el Soft-
ware y la Documentación podrá cancelarse de inme-
diato tras notificación de Tait.
8.2. En el periodo de treinta (30) días tras la cancela-
ción de este Contrato, el Concesionario deberá cer-
tificar por escrito a Tait que todas las copias del Soft-
ware han sido sacadas o eliminadas de los Productos
designados y que todas las copias del Software y la
Documentación han sido devueltas a Tait o destrui-
das por el Concesionario y ya no están siendo utili-
zadas por éste.
8.3. El Concesionario reconoce que Tait ha hecho
una inversión considerable de recursos en el desarro-
llo, promoción comercial y distribución del Software
y la Documentación y que el incumplimiento de
este Contrato por parte del Concesionario resultará
en daños irreparables para Tait para los que una com-
pensación económica no será suficiente. Si el Con-
cesionario incumple este Contrato, Tait puede anu-
larlo y tener derecho a todos los remedios disponibles
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