1.4
Requisitos para la puesta en servicio
Las instalaciones requerirán proyecto realizado por un técnico competente.
Antes de la puesta en servicio de la caldera, debe solicitarse ante el organismo
autonómico competente en materia de seguridad industrial, la autorización de puesta en
servicio de la misma, aportando los documentos necesarios (proyecto o memoria
técnica, planos, certificados, etc.).
Adicionalmente al Real Decreto 2060/2008 (Reglamento de equipos a presión), deberán
observarse, entre otras, las siguientes normas:
Instalación de combustible líquido según MI-IP03 del Real Decreto 1523/1999
Instalación de combustible gaseoso según Real Decreto 919/2006
Normativa de emisiones atmosféricas
Reglamentación y normativa sobre instalaciones eléctricas, seguridad en
máquinas, protección ambiental, riesgos laborales, prevención de incendios,
entre otras.
1.5
Documentación
Deberá disponerse de la siguiente documentación:
a)
Libro de la instalación.
El operador de la caldera deberá tener a su disposición un libro en el que se indiquen las
características de la instalación y las actuaciones, controles o inspecciones realizadas.
El libro podrá sustituirse por los correspondientes registros que incluyan una
información equivalente.
En el anexo III de la ITC-EP1, se indica la información mínima que debe incluirse en el
libro o registro correspondiente. En el libro o registro se anotarán las operaciones
efectuadas para el control de las seguridades.
De igual forma, deberán anotarse las comprobaciones del control del agua de
alimentación, los posibles fallos de funcionamiento, las inspecciones o controles
realizados, así como las reparaciones o modificaciones que puedan realizarse.
b)
Documentación de la instalación.
El operador de la caldera dispondrá al menos de la siguiente documentación:
Manual de instrucciones de la caldera.
Manual de instrucciones del equipo de combustión.
Manual de instrucciones del tratamiento de agua.
Manual del Instalador
CALDERAS DE VAPOR SINCAL
HK
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