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DOMUSA DS-matic Serie Instrucciones De Instalación Y Funcionamiento página 45

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ECOTOXICIDAD. Efectos sobre el medio ambiente acuático:
CE 50 (Dafnia: Daphnia magna) / 48h: 34400 mg/L
CL 50 (Pez: Onchorynchus mykiss) / 96h: 51600 mg/L
CE 50 (Bacteria: Photobacterium phosphoreum) / 0.5h: 26800 mg/L
CE 50 (Algas: Selenastrum capricornutum) / 96h: 19000 mg/L
EFECTOS NOCIVOS DIVERSOS. Efectos sobre las instalaciones de tratamiento de aguas residuales:
No perturba el funcionamiento de las estaciones depuradoras de aguas usadas.
Demanda química de oxígeno (DOQ): 1906000 mg/L 0
Demanda bioquímica de oxigeno (DBO) 5 días: 1090000 mg/L 0
RESIDUOS DEL PRODUCTO. Eliminar de acuerdo con las recomendaciones locales en vigor.
ENVASES SUCIOS: Destruir en instalación autorizada.
OBSERVACIÓN: Se recuerda al usuario del producto de la posible existencia de prescripciones locales
relacionadas con la eliminación, de obligado cumplimiento.
RID / ADR / IMDG / IATA: Sin reglamento.
OBSERVACIONES: Teniendo en cuenta una posible evolución de los reglamentos que rigen el
transporte de materias peligrosas, se aconseja asegurarse de su validez
consultando a la agencia comercial.
Sin frase R y sin frase S.
Las informaciones reglamentarias recogidas en esta sección se refieren únicamente a las principales
prescripciones específicamente aplicables al producto objeto de la FDS.
Los textos comunitarios de base citados, son objeto de continuas actualizaciones y transcritos en
derecho nacional.
Se recomienda tener en cuenta cualquier tipo de medidas o disposiciones, internacionales, nacionales
o locales de posible aplicación.
Se llama la atención del usuario sobre la posible existencia de otras disposiciones que complementen
estas prescripciones.
Producto destinado únicamente a un uso industrial. Para más información sobre el uso de este
producto, consultar el manual técnico.
Actualización: 28.02.2008
A la hora de hacer la instalación, deben de cumplirse todas las leyes, directivas, reglas técnicas, normas
y disposiciones generales. En función de la zona geográfica, pueden existir normas diferentes que se
deban de cumplir, por lo que habrá que analizar la normativa de cada Comunidad Autónoma.
A continuación se listan algunas de las normas a cumplir en las instalaciones solares.
PrEN ISO 9488
Terminología instalaciones solares térmicas y componentes (ISO/DIS 9488, 1995).
EN 12975-1
Sistemas solares térmicos y sus componentes. Captadores solares. Parte 1: Requisitos generales
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