Configuración; Operación; Definiciones - TADANO GR-550XLS Hoja De Especificaciones

Grúa hidráulica para terrenos irregulares
Tabla de contenido

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INSTRUCCIONES DE OPERACIÓN Y ADVERTENCIAS
PARA CAPACIDADES DE ELEVACIÓN
GENERAL
1. Las CAPACIDADES DE ELEVACIÓN NOMINALES se aplican solo a la
máquina tal como TADANO LTD la fabricó y equipó originalmente.
Las modi caciones realizadas a la máquina o el uso de equipo opcional
que no sea el especi cado podrían reducir la capacidad.
2. La grúa hidráulica puede ser peligrosa si se opera o mantiene
incorrectamente. La operación y el mantenimiento de esta máquina se
deben realizar conforme a la información incluida en el manual de
operación y mantenimiento provisto con la grúa. Si no posee este manual,
solicite otro al distribuidor.
CONFIGURACIÓN
1. Las capacidades de elevación nominales que se incluyen en la tabla son
las capacidades máximas permitidas de la grúa y se aplican cuando la
máquina se encuentra en posición horizontal sobre una super cie rme en
condiciones ideales de trabajo. Según la naturaleza de la super cie de
soporte, es posible que se necesiten soportes estructurales debajo de las
placas de apoyo del estabilizador o de los neumáticos para esparcir la
carga sobre una super cie más resistente.
2. Para operaciones con el estabilizador, los estabilizadores deben estar
extendidos apropiadamente y los neumáticos deben estar libres de la
super cie de apoyo antes de operar la grúa.
OPERACIÓN
1. Las capacidades de elevación nominales se han probado y cumplen los
requisitos mínimos establecidos por el Método de prueba de estructuras
de grúas con pluma en voladizo SAE J1063.
2. Las capacidades de elevación nominales no exceden el 85% de la carga
en punta en estabilizadores completamente extendidos tal como lo
establece el Código de prueba de estabilidad de grúas SAE J765.
Las capacidades de elevación nominales para los estabilizadores
parcialmente extendidos se determinan mediante la fórmula: capacidades
de elevación nominales = (carga en punta - 0,1 x reacción de la
punta)/1,25.
3. Las capacidades de elevación nominales que están por arriba de las
líneas gruesas en la tabla se basan en la fuerza de la grúa y las que están
por abajo, en su estabilidad.
Se basan en el radio de carga real aumentado por la de exión de la
pluma.
4. El peso de los dispositivos de manipulación, como bloqueos de gancho
(460 kg para capacidad de 50 toneladas cortas, 280 kg para capacidad
de 25 toneladas cortas, 100 kg para capacidad de 4,5 toneladas cortas),
eslingas, etc., se debe considerar como parte de la carga y se debe restar
de las capacidades de elevación.
5. Las capacidades de elevación nominales se aplican a cargas suspendidas
libremente y no se toman en cuenta los efectos del viento, la detención
repentina de cargas, las condiciones de la super cie, el in ado de
neumáticos, las velocidades de operación, las cargas laterales, etc. La
tracción lateral sobre la pluma o el brazo es extremadamente peligrosa.
Tal acción puede dañar la pluma, el brazo o el mecanismo de rotación, y
puede causar el vuelco de la grúa.
6. Las capacidades de elevación nominales no toman en cuenta el viento en
cargas o pluma elevadas. Se recomienda no trabajar en condiciones en
las que la carga esté fuera de control debido a vientos fuertes. Durante la
elevación de la pluma, considere que la capacidad de elevación nominal
se reduce en un 50% cuando la velocidad del viento es de 9 m/s a 12
m/s, y en un 70% cuando la velocidad del viento es de 12 m/s a 14 m/s.
Si la velocidad del viento es de 14 m/s o más, detenga la operación.
Durante la elevación del brazo, detenga la operación si la velocidad del
viento es de 9 m/s o más.
7. Las capacidades de elevación nominales no deben exceder el radio de
carga.
No incline la grúa para determinar cargas permisibles.
8. No opere en radios, ángulos o longitudes de pluma para los que no se
muestren las capacidades. La grúa podría volcar sin ninguna carga en el
gancho.
9. Cuando la longitud de la pluma se encuentre dentro de los valores
mencionados, consulte las capacidades de elevación nominales de las
longitudes inmediatamente mayores y menores de la pluma para el mismo
radio. Se debe usar la menor de las dos capacidades de elevación
nominales.
10. Cuando se realicen elevaciones con un radio de carga no mencionado,
utilice el siguiente radio más largo para determinar la capacidad
permitida.
11. La carga por línea no debe exceder los 44,1 kN (4.500 Kgf) para el
cabrestante principal y para el auxiliar.
12. Controle el número real de partes de la línea con el INDICADOR DE
MOMENTO DE CARGA (AML-C) antes de operar. La capacidad de
elevación máxima se restringe por el número de partes de la línea del
INDICADOR DE MOMENTO DE CARGA (AML-C). La capacidad limitada
HOJA DE ESPECIFICACIONES N.º GR-550-3-00401/ES-03
se determina mediante la fórmula: tracción de una línea para el
cabrestante principal de 44,1 kN (4.500 Kgf) x número de partes de la
línea.
13. El ángulo de la pluma antes de la carga debe ser mayor para contemplar
la de exión. Para capacidades de elevación nominales, el ángulo de la
pluma cargada y el radio de carga son solo a modo de referencia.
14. Las capacidades de longitud de la pluma de 10,2 m están basadas en la
pluma completamente retraída.
15. La extensión o el repliegue de la pluma cargada se puede realizar dentro
de los límites de las CAPACIDADES DE ELEVACIÓN NOMINALES.
La habilidad de desplegar cargas está limitada por la presión hidráulica, el
ángulo de la pluma, la longitud de la pluma, el mantenimiento de la grúa,
etc.
16. Para la capacidad de elevación de extremo simple, reduzca el peso del
equipo de manejo de carga de la capacidad de elevación nominal de la
pluma. Para la capacidad de elevación de extremo simple, la capacidad
neta no debe exceder los 4.500 kg, incluida la masa del gancho de la
pluma principal sujeta a la pluma.
17. Cuando se retira el brazo, coloque el interruptor de estado del brazo en
posición de RETIRADO.
18. Cuando se levanta y retira el brazo, asegúrese de sostenerlo con la mano
u otro medio para prevenir que se mueva libremente.
19. Utilice el interruptor de desactivación del "ANTIBLOQUEO DOBLE"
cuando levante y retire el brazo, y cuando retire el bloqueo del gancho.
Cuando el interruptor se presiona, la elevación no se detiene, incluso si
hay viento excesivo.
20. Para una longitud de la pluma con el brazo de 33,0 m o menor, las
capacidades de elevación nominales se determinan por el ángulo de la
pluma cargada solo en la columna titulada "Pluma de 33,0 m + brazo".
Para ángulos no mencionados, utilice el ángulo de pluma cargada
inmediatamente inferior para determinar la capacidad permitida.
21. Cuando eleve una carga con el brazo (cabrestante auxiliar) y la pluma
(cabrestante principal) simultáneamente, realice lo siguiente:
• Introduzca el estado de la operación como brazo y no pluma.
• Antes de comenzar la operación, asegúrese de que la masa de la
carga esté dentro de las capacidades de elevación nominales para el
brazo.
22. Los datos de la capacidad de elevación almacenados en el INDICADOR
DE MOMENTO DE CARGA (AML-C) se basan en el número estándar de
partes de la línea que se incluye en la tabla. El número estándar de partes
de la línea para operación con estabilizadores debe ser acorde a la
siguiente tabla.
Longitud de
10,2 m
la pluma
Número de partes
13*/12
de la línea
* Con polea de complemento (capacidad de elevación de más de 47.000 kg)
23. La capacidad de elevación para el área lateral di ere según el ancho de
extensión del estabilizador. Trabaje con la capacidad correspondiente al
ancho de extensión. Las capacidades de elevación para áreas delanteras
y traseras son para "estabilizadores completamente extendidos". Sin
embargo, las áreas (ángulo a y b) di eren en función del ancho de la
extensión del estabilizador.
Ancho extendido de
los estabilizadores
Ángulo a˚
Ángulo b˚
a
a

DEFINICIONES

1. Radio de carga: Distancia horizontal desde la proyección del eje de
rotación a la super cie de apoyo antes de cargar al centro de la línea de
elevación vertical o manejar la carga aplicada.
2. Ángulo de pluma cargada: El ángulo entre la sección en la base de la
pluma y la horizontal, después de levantar la capacidad de elevación
nominal en el radio de carga.
3. Área de trabajo: Área medida en un arco circular cerca del centro de la
rotación.
4. Carga suspendida libremente: Carga colgando libremente sin otra fuerza
externa aplicada que no sea la línea de elevación.
5. Carga lateral: Fuerza lateral horizontal aplicada a la carga levantada, ya
sea en el suelo o en el aire.
-11-
10,2 m a
17,7 m a
Extremo simple/
17,7 m
33,0 m
6
4
6,5 m
5,0 m
(medio)
(medio)
45
25
15
10
b
b
brazo
1
2,48 m
(mínimo)
10
10

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