R e f e r e n c i a
Requisitos sobre la interferencia de frecuencias de radio
- FCC
Este equipo es conforme con la Parte 15 de la normativa de la FCC. El
funcionamiento está sujeto a las dos condiciones siguientes: (1) Este dispositivo no
puede causar interferencias perjudiciales, y (2) este dispositivo debe aceptar
cualquier interferencia que reciba, incluida una interferencia que pueda causar un
funcionamiento no deseado.
Marcado para el área económica europea (AEE)
En el ámbito del AEE, el uso de RLAN (2,4GHz) está sujeto a las restricciones
siguientes:
• Potencia de transmisión radiada máxima de 100 mW EIRP en el rango de fre-
cuencia 2,400 - 2,4835 GHz
• En Francia, el equipo está restringido a un rango de frecuencia de 2,4465 -
2,4835 GHz
• Uso exterior en Bélgica, el equipo está restringido a un rango de frecuencia de
2,460 - 2,4835 GHz
• Italia requiere una licencia de usuario para uso exterior.
Otros países
Todos los dispositivos de radio de 2,4 GHz:
• México - Rango de frecuencia restringido a: 2,450 - 2,4835 GHz.
• Israel - Rango de frecuencia restringido a: 2,418 - 2,457 GHz.
• Sri Lanka - Rango de frecuencia restringido a: 2,400 - 2,430 GHz.
Módulos de radio
Los terminales PDT8000 WAN contienen módulos de radio aprobados. Dichos
módulos se identifican a continuación:
• PDT8057
Tarjeta de radio Symbol Compact Flash RLAN (11Mbps DSSS), Tipo: LA-4137
Módulo Motorola Triband GSM GPRS (G18), Tipo: MT3-411A21
• PDT8037
Módulo Motorola Triband GSM GPRS (G18), Tipo: MT3-411A21
Declaración de conformidad
Symbol Technologies, Inc., por el presente documento presente declara que este
dispositivo es conforme con los requisitos esenciales y otras disposiciones
importantes de las directivas 1999/5/CE. Puede obtener las Declaraciones de
conformidad en la dirección http://www2.symbol.com/doc/.
r á p i d a
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