Normativa Aplicable; Cuándo Y Dónde Deben Utilizarse Balizas Luminosas - JUV Grup IVSOLAR AESA SSAA-16-GUI-121 Guia De Instalacion

Balizas luminosas para la señalización de obstáculos
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1.NORMATIVA
APLICABLE:
Anexo 14 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), transpuesto
a la legislación española mediante Real Decreto 862/2009 de 14 de mayo,
modificado por el Real Decreto 1189/2011, el Real Decreto 217/2014, el Real
Decreto 1238/2011 y a partir del Reglamento de la UE nº 139/2014.
Podrán plantearse alternativas de iluminación, que podrán ser autorizadas
por la autoridad de supervisión de esta materia, siempre que el grado de
seguridad resultante sea equivalente.
2. CUÁNDO Y DÓNDE
DEBEN UTILIZARSE
BALIZAS LUMINOSAS:
Deben señalizarse las estructuras que puedan constituir, de forma temporal o
definitiva, un obstáculo aeronáutico en los siguientes lugares:
· En las inmediaciones de aeródromos.
· En zonas de servidumbre aeronáutica.
· Fuera de estos lugares, los obstáculos de altura superior a 100m
siempre deberán señalizarse, tanto en tierra como en aguas
jurisdiccionales españolas.
Los municipios afectados por servidumbres aeronáuticas pueden consultarse en
la siguiente dirección: http://goo.gl/OGNoUx
Para la iluminación de aerogeneradores y campos eólicos existe una normativa
específica distinta, publicada por AESA con referencia SSAA-17-GUI-126-A01,
Edición 1.1 de 13/06/2017.

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