Insignia NS-BRDVD3 Guia Del Usuario página 30

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Cuando se hable de Software Libre, se hace referencia a libertad,
no a precio. Las Licencias Públicas Generales GNU están
diseñadas para asegurar que el usuario tenga libertad de
distribuir copias de Software Libre (y de recibir una
remuneración por este servicio, si así se desea), que ese mismo
usuario reciba el código fuente o que tenga la posibilidad de
recibirlo, si así lo desea, que pueda cambiar o modificar el
software o utilice sólo partes del mismo en nuevos paquetes de
Software Libre; y que dicho usuario tenga pleno conocimiento
de estas facultades.
Con la finalidad de proteger los derechos antes mencionados, es
necesario establecer restricciones que prohíban a cualquiera
negar esos derechos o pedir la renuncia a los mismos.
Estas restricciones se traducen en ciertas responsabilidades para
el usuario que distribuye o modifica copias de software
protegido bajo estas licencias.
Por ejemplo, si una persona distribuye copias de un paquete de
Software Libre protegido bajo esta licencia, ya sea de manera
gratuita o a cambio de una contraprestación, esa persona debe
dar a los receptores de esa distribución todos y cada uno de los
derechos que él o ella misma tenga. Asimismo, esa persona debe
asegurarse que dichos receptores reciban o tengan la
posibilidad de recibir el código fuente. De igual manera, debe
mostrarles esta licencia a fin de que tengan conocimiento de los
derechos de los que son titulares.
La protección que otorga la presente licencia se hace de dos
maneras simultáneas: (1) se otorga protección al software bajo la
ley de copyright, y (2) se ofrece la protección bajo esta licencia, la
cual otorga permiso legal para copiar, distribuir y/o modificar el
software.
Asimismo, a fin de proteger a cada uno de los autores y a los
creadores mismos de esta licencia, es importante hacer notar y
que todos entiendan que no existe ninguna garantía de
cualquier paquete de Software Libre por la cual se deba
responder. Esto es, si el software es modificado por alguna
persona distinta del autor y distribuido con esas modificaciones,
los receptores de esa distribución deben saber que lo que han
recibido no es la obra original, y que por lo tanto, cualquier
problema surgido de las modificaciones no se reflejará en la
reputación del autor original.
Finalmente, cualquier programa de Software Libre es
amenazado por patentes de Software. Esta licencia tiene la
finalidad de evitar el peligro que representa que los
redistribuidores de programas de Software Libre obtengan
individualmente licencias de patentes, haciendo de esta forma,
programas de Software Propietario. Para lograr esto, queda
totalmente claro que cualquier patente debe otorgar licencias
que permitan el uso libre del programa para todos o no otorgar
licencia alguna.
Los términos y condiciones específicos para copiar, distribuir o
modificar son los siguientes:
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA COPIA,
DISTRIBUCIÓN Y MODIFICACIÓN
0. Esta licencia se aplica a cualquier programa u otra obra que
contenga un aviso puesto por el titular de los derechos de autor
en el que se establezca que el mismo puede ser distribuido bajo
los términos de esta Licencia Pública General. El "Programa" se
refiere a cualquier programa u obra, y "Obra basada en el
Programa" se refiere por su parte, a, ya sea al "Programa" mismo
a cualquier obra derivada del mismo según la ley de Derechos de
Autor: esto es, una obra que contenga el "Programa" o una
porción del mismo, ya sea que esta porción sea exactamente
igual o modificada y/o traducida a otro idioma. (En adelante, una
traducción se considerará de manera enunciativa, mas no
limitativa, como una "modificación".) El término "Usted" se refiere
a cada licenciatario.?
Actividades distintas de copiar o distribuir no son abarcadas por
esta licencia; están fuera de su alcance. El acto de correr el
"Programa" no está restringido, y el producto que resulte del
"Programa" está protegido sólo si su contenido constituye una
"obra basada en el Programa" (independientemente de haber
sido creado por el "Programa" que corre.) El que esto ocurra de
esa manera depende de lo que el "Programa" haga.
1. Está permitido copiar y distribuir por cualquier medio copias
fieles del código fuente del "Programa" tal y como fue recibido,
siempre y cuando se publique en cada copia, de manera
conspicua y apropiada, el aviso apropiado de derechos de autor
y la renuncia a responder por la garantía correspondiente al
"Programa", se mantengan intactos los avisos referentes a esta
licencia y a la respectiva ausencia de cualquier garantía; y se
entregue a los receptores del "Programa" una copia de esta
licencia.
Exigir una remuneración por el acto físico de transferir una copia
está permitido; asimismo, también está permitido ofrecer una
garantía a cambio de una contraprestación.
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2. Está permitido modificar la copia o copias del "Programa" o
cualquier parte del mismo, creando de esta forma, una "Obra
basada en el Programa. " Asimismo, está permitido copiar y
distribuir las modificaciones antes mencionadas o la obra misma
bajo los términos de la Sección 1 mencionada anteriormente, y
siempre y cuando se cumplan de igual manera las condiciones
siguientes:
a) Colocación de avisos, en la obra misma y por parte de quien
realiza las modificaciones, en los que se informe que los archivos
fueron modificados y la fecha de esas modificaciones.
b) Otorgamiento de una licencia bajo los términos establecidos
en esta Licencia Pública General que abarque la obra en su
totalidad y sin cargo a terceras personas para el caso en el que se
distribuya o publique una obra que contenga todo o parte del
"Programa" o que constituya una obra derivada del mismo.
c) Si el programa modificado normalmente lee comandos de
manera interactiva cuando corre, cuando empiece a correr con
dicho propósito interactivo, es necesario que aparezca un aviso
que incluya la leyenda de derechos de autor correspondiente, así
como la ausencia de responsabilidad por la garantía. Asimismo,
dicho aviso deberá establecer que los usuarios de dicho
programa tienen autorización para redistribuirlo bajo las mismas
condiciones en las que les fue distribuido y les deberá informar
cómo podrán tener acceso a una copia de esta licencia.
(Excepción: si programa en sí mismo es interactivo pero no
muestra normalmente dicho aviso, no es necesario que su
trabajo basado en el programa muestre un aviso.) Las
condiciones antes mencionadas se aplican a las obras
modificadas como un todo. En el caso en el que las secciones de
dicha obra que no se deriven del "Programa" sean identificables
y razonablemente independientes y puedan separarse entre
ellas, esta licencia y sus términos no se aplicarán a dichas
secciones cuando éstas sean distribuidas como obras separadas.
Sin embargo, cuando esas mismas secciones se distribuyan
como parte de la "Obra basada en el Programa", dicha
distribución deberá hacerse de acuerdo a los términos de esta
licencia, cuyas autorizaciones para otros licenciatarios tendrán
los mismos alcances, sin importar qué parte creó quién.
Por medio de esta sección no se pretende exigir derechos o
impugnar los derechos originados de una obra creada en su
totalidad por otra persona, sino más bien se tiene como finalidad
ejercer el derecho de controlar la distribución de obras derivadas
o colectivas basadas en el "Programa".
Asimismo, la sola inclusión de otra obra que no se base en el
"Programa" aunada al "Programa" (o a una "Obra basada en el
Programa") dentro de un medio de almacenamiento o
distribución no provoca que dicha obra deba regirse por esta
licencia.
3. Copiar y distribuir el "Programa" (o una "Obra basada en el
Programa" de acuerdo a la sección 2), bajo los términos de las
secciones 1 y 2 mencionadas anteriormente, ya sea en código
objeto o en su forma ejecutable está permitido, siempre y
cuando dicho "Programa" se acompañe también por cualquiera
de los siguientes:
a) el código fuente respectivo completo y legible por una
máquina, el cual debe ser distribuido bajo los términos
establecidos en las secciones 1 y 2 mencionadas anteriormente y
a través de un medio normalmente usado para el intercambio de
software; o,
b) una oferta por escrito y con una validez mínima de tres años,
de proporcionar a cualquier tercera persona, por una cuota que
no exceda el costo del acto físico de distribuir, bajo los términos
de las secciones 1 y 2 antes mencionadas; y a través de un medio
normalmente usado para el intercambio de software; una copia
del respectivo código fuente completo y legible por una
máquina; o,
c) toda la información recibida respecto a la oferta de
distribución del código fuente correspondiente. (Esta alternativa
está permitida únicamente para distribuciones no comerciales y
siempre y cuando el "Programa" se haya recibido en código
objeto o en forma ejecutable junto con esta oferta de acuerdo a
la subsección b antes mencionada.)
El código fuente de una obra se refiere a la forma preferida para
hacerle modificaciones. En una obra ejecutable, el código fuente
completo se refiere a todo el código fuente de todos los
módulos que contiene, además de cualquier archivo de
definición de interfaz asociado y de los scripts utilizados para
controlar la compilación e instalación del ejecutable. Sin
embargo, como una excepción especial, el código fuente
distribuido no debe incluir cualquier cosa que sea normalmente
distribuida (ya sea en forma de binarios o de código fuente) con
los principales componentes del sistema operativo (como
compilador, kernel, etc.) sobre el cual el ejecutable corre, a
menos que el mismo componente acompañe al ejecutable.
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NS-BRDVD3 Reproductor de discos Blu-ray

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