GARANTÍA LIMITADA DE DOS AÑOS
El warrantor garantiza que su Balanza de Cocina Digital estará libre de defectos de
producción bajo uso normal por un período de dos años. Esta garantía cubre solamente
uso normal, y no se aplica para utilizar en ningunas aplicaciones clínicas o comerciales. Se
anula esta garantía si la unidad se emplea mal o se abusa de cualquier manera.
Si el Balanza de Cocina Digital no puede ajustarse a esta garantía limitada, vuelva el franqueo
del Balanza de Cocina Digital pagado por adelantado a: Attn: Repair Department, 1175
Lakeside Drive, Gurnee, IL, 60031. Cuando devuelva un producto, por favor incluya además:
(i) una copia de su recibo, factura u otro comprobante de compra; (ii) una descripción por
escrito del problema; y (iii) su nombre, dirección y número telefónico. Embale cuidadosamente
el producto para evitar daños mientras está en tránsito; se recomienda contratar un seguro de
envío con acuse de recibo. Según lo que elija, el warrantor reparará o reemplazará la unidad
que se considere defectuosa en materiales o mano de obra bajo el uso normal del consumidor.
Al comprador se le notificará cualquier reparación adicional requerida antes de completar la
reparación, y será responsable de pagar el cargo por las piezas, si lo hubiese, y los cargos de
reparación que no estén cubiertos por esta garantía limitada.
EXCEPTO COMO LO DISPONE ESTA GARANTÍA LIMITADA, NO SE ACEPTA RESPONSABI-
LIDAD ALGUNA POR TODAS LAS GARANTÍAS Y CONDICIONES EXPRESAS E IMPLÍCITAS,
INCLUIDAS EN FORMA NO RESTRICTIVA, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD
Y APTITUD PARA UN PROPÓSITO EN PARTICULAR. LA REPARACIÓN O REEMPLAZO, COMO
SE ESTIPULA EN ESTA GARANTÍA LIMITADA, ES EL ÚNICO RECURSO EXCLUSIVO DEL CON-
SUMIDOR Y SE PROPORCIONA EN LUGAR DE TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, EXPRESAS
O IMPLÍCITAS. EN NINGÚN CASO EL WARRANTOR SERÁ RESPONSABLE, CON BASE EN
OBLIGACIONES CONTRACTUALES O CULPA EXTRACONTRACTUAL (INCLUIDA LA NEGLI-
GENCIA), POR DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SUPEREN EL PRECIO DE COMPRA DEL PRODUC-
TO, O POR CUALQUIER DAÑO INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL O CONSECUENTE DE
CUALQUIER TIPO, O POR DAÑOS A OTRA PROPIEDAD O EQUIPO, O PÉRDIDA DE PROPIE-
DAD O EQUIPO O LESIONES PERSONALES, EN LAS MÁS AMPLIAS EXTENSIÓN EN QUE LA
LEY PERMITA EL DESCARGO DE LA RESPONSABILIDAD POR DICHOS DAÑOS.
Algunos estados y jurisdicciones no permiten la limitación o exclusión de daños incidentales
o consecuentes, o la limitación en la duración de una garantía implícita, de modo tal que las
limitaciones o exclusiones podrían no aplicarse a usted. Esta garantía le otorga derechos legales
específicos y usted también puede tener otros derechos, que varían dependiendo del estado o
de una jurisdicción a otra.
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