3.3 -
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
La siguiente tabla muestra los Dispositivos de Protección Individual (E.P.I.) y su descripción; cada símbolo está vinculado
a una obligación.
Se entiende por equipo de protección individual cualquier equipo destinado a ser llevado por un trabajador con el fin de
protegerlo contra uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo.
Para los operadores encargados, en función del tipo de trabajo que se requiera, se indicará y deberá utilizarse el e.P.i.
más adecuado entre los que figuran en la Tabla 3.15:
Símbolo
¡ADVERTENCIA!
Cada operador habilitado tiene la obligación de:
•
cuidar de su propia seguridad y salud y de la de las demás personas presentes en el lugar de trabajo,
sobre las que recaen los efectos de sus acciones u omisiones, de acuerdo con su formación, instruc-
ciones y medios facilitados por el empleador;
•
utilizar adecuadamente los E.P.I. puestos a disposición;
•
informar inmediatamente al empleador, al director o al responsable sobre las deficiencias de los medi-
os y dispositivos, así como de cualquier condición peligrosa de la que tenga conocimiento.
Contador inteligente de membrana
ES
Manual de uso, mantenimiento y advertencia
Significado
Obligación de usar guantes de protección o aislantes.
indica una prescripción para el personal de usar guantes de protección o aislantes.
Obligación de usar gafas de seguridad.
indica una prescripción para el personal de usar gafas de protección para proteger sus ojos.
Obligación de usar calzado de seguridad.
indica una prescripción para el personal de usar calzado de seguridad para proteger sus pies.
Obligación de usar equipos de protección contra el ruido.
indica una prescripción para el personal de usar orejeras o tapones de protección del oído.
Obligación de usar ropa de protección.
Indica una prescripción para el personal de usar ropa de protección específica.
Obligación de usar máscara de protección.
indica una prescripción para el personal de usar máscaras de protección de las vías respirato-
rias en caso de riesgo químico.
Obligación de usar casco de protección.
indica una prescripción para el personal de usar casco de protección.
Obligación de usar chaleco de alta visibilidad.
indica una prescripción para el personal de usar un chaleco de alta visibilidad.
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SegUridad
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reV. 00
Tab. 3.15.
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