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ARAG MSP Serie Instalación Uso Y Mantenimiento página 21

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ELIMINACIÓN AL FINALIZAR SU VIDA ÚTIL
Eliminar de acuerdo a la legislación vigente en el país donde se realiza dicha operación.
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CONDICIONES DE GARANTÍA
1. ARAG s.r.l. garantiza este equipo por un período de 360 días (1 año) a partir de la fecha de venta al cliente usuario (dará fe la carta de porte).
Las partes componentes del equipo, que a juicio indiscutible de ARAG resultaran con vicios por defecto de material o de elaboración, serán
reparadas o sustituidas gratuitamente en el Centro de Asistencia más cercano cuando se realice el pedido de intervención.
Quedan exceptuados los gastos de:
-
desmontaje y montaje del equipo en la instalación original;
-
transporte del equipo hasta el Centro de Asistencia.
2. No están cubiertos por la garantía:
-
daños causados durante el transporte (rayones, abolladuras y similares);
-
daños ocasionados por errada instalación o por vicios originados por insuficiencia o inadecuado sistema eléctrico o por alteraciones derivadas de
condiciones ambientales, climáticas o de otra naturaleza;
-
daños derivados del uso de productos químicos inadecuados, para pulverización, irrigación, tratamiento con barras o cualquier otro tratamiento
para el cultivo, que puedan producir daños en el equipo;
-
averías causadas por omisión, negligencia, manipulación, incapacidad de uso, reparaciones o modificaciones efectuadas por personal no
autorizado;
-
instalación y regulación incorrectas;
-
daños o desperfectos causados por falta de mantenimiento ordinario (limpieza de los filtros, boquillas, etc.);
-
todo aquello que pueda ser considerado desgaste normal debido al uso.
3. La reparación del equipo se realizará en los plazos compatibles con las exigencias de organización del Centro de Asistencia.
No se reconocerán las condiciones de garantía para grupos o componentes que no estén previamente lavados y limpios de los residuos de los
productos utilizados;
4. Las reparaciones efectuadas en garantía están garantizadas por un año (360 días) a partir de la fecha de sustitución o reparación.
5. ARAG no reconocerá ulteriores expresas o supuestas garantías, excepto las aquí previstas.
Ningún representante o revendedor está autorizado a asumir otras responsabilidades relativas a los productos ARAG.
La duración de las garantías reconocidas por ley, incluso las garantías comerciales e convenidas para fines particulares están limitadas, en su
duración, a la validez aquí indicada.
En ningún caso ARAG reconocerá pérdidas de ganancias directas, indirectas, especiales o consiguientes a eventuales daños.
6. Las partes sustituidas en garantía serán de propiedad de ARAG.
7. Toda la información de seguridad presente en la documentación de venta y relacionada con los límites de uso, prestaciones y características del
producto debe ser transferida al usuario final bajo responsabilidad del comprador.
8. En caso de controversia, es competente el Foro de Reggio Emilia.
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DECLARACIÓN DE INCORPORACIÓN DE CUASI MÁQUINA
Còd: DINC001 - Rev.3
Modelo: MSP400 - MSP800
Tipo/Serie: 970x5xxx – 97045x0x – 97055x0x – 970x7xxx (MSP 400) – 971x4xxx (MSP 800)
Nombre y dirección del productor (o de su representante autorizado:
ARAG S.r.l. con socio unico - Via Palladio, 5/A - 42048 Rubiera (RE) – Italia (P.IVA 01801480359)
La presente declaración de conformidad es otorgada bajo exclusiva responsabilidad del productor.
Objeto de la declaración: Bomba centrífuga multietapa
El objeto de la declaración anterior es conforme a la pertinente normativa de armonización de la Unión:
Directiva Máquinas 2006/42/CE y sucesivas modificaciones (*)
(*) Declaración bajo normas An. II B Dir. 2006/42/CE
• la documentación técnica pertinente es custodiada por ARAG, en la persona de su representante legal el Sr. Giovanni Montorsi;
• quien se empeña a transmitir, en respuesta a una solicitud con adecuada motivación por parte de las Autoridades Nacionales, información pertinente
a las cuasi máquinas. Esto incluirá el método de transmisión y no afectará los derechos de propiedad intelectual del fabricante de la cuasi máquina;
• se aplica la conformidad a la Directiva Máquinas en los siguientes requisitos esenciales: 1.1.2, 1.1.3, 1.3.1, 1.3.2, 1.3.4, 1.5.5, 1.6.5, 1.7.1, 1.7.4, 1.7.4.1, 1.7.4.2.
• la presente cuasi máquina no debe ser puesta en servicio hasta que la máquina final donde debe ser incorporada no haya sido declarada conforme
a las prescripciones de la Directiva Máquinas 2006/42/CE.
Rubiera, martes, 12 de septiembre de 2019
Giovanni Montorsi
(Presidente)
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