Todos los procedimientos, incluidos todos los documentos presentados en los
mismos, deben redactarse en lengua inglesa. La versión en lengua inglesa de
esta Declaración de garantía limitada prevalece sobre la versión en cualquier
otra lengua.
HONG KONG S.A.R. DE CHINA Y MACAU S.A.R. DE CHINA
Ley vigente: Lo siguiente sustituye "leyes del país en el que se ha adquirido la
Máquina" de la primera frase:
leyes de Hong Kong, Región administrativa especial de China.
INDIA
Limitación de responsabilidad: Lo siguiente sustituye a los puntos 1 y 2 de esta
sección:
1. la responsabilidad por daños corporales (incluyendo muerte) o daños a
bienes inmuebles y a la propiedad personal material se limitará a aquella
causada por negligencia de Lenovo; y
2. en cuanto a otro daño real provocado por cualquier situación de
negligencia de Lenovo conforme al, o relacionado en cualquier modo con,
el objeto de esta Declaración de garantía limitada, el importe pagado por
usted por la Máquina individual que es objeto de esta reclamación.
Arbitraje: Se añade lo siguiente bajo esta cabecera
Las disputas que surjan como resultado de, o en conexión con, esta
Declaración de garantía limitada, se deben conciliar finalmente mediante
arbitraje que se llevará a cabo en Bangalore, India, de acuerdo con la
legislación de la India que esté en vigor en ese momento. La sentencia debe
ser final y vinculante para las partes, sin apelación posible, por escrito, y
exponer el fallo de los hechos y las resoluciones legales.
El número de árbitros puede ser tres, pudiendo cada una de las partes
implicadas designar uno de ellos. Los dos árbitros designados por ambas
partes deberán nombrar un tercer árbitro que actuará como presidente de los
procedimientos. Las vacantes en la presidencia serán cubiertas por el
presidente del Colegio de abogados (Bar Council) de la India. Cualquier otra
vacante será cubierta por la parte designante respectiva. Los procedimientos
se reanudarán desde el punto en que éstos se detuvieron en el momento de
producirse la vacante.
Si una de las partes rechaza o no logra de ningún otro modo designar un
árbitro dentro de los 30 días posteriores a la fecha en la que la otra parte ha
nombrado al suyo, el primer árbitro designado será el único que haya,
siempre y cuando dicho árbitro haya sido designado de manera válida y
adecuada.
Apéndice B. Información de garantía
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