GARANTÍAS
La vigente Ley de Consumidores y Usuarios, le confiere como cliente los siguientes derechos:
1.- EJERCICIO DE LOS DERECHOS
El empresario será responsable de las faltas de conformidad que existan en el momento de la
entrega del bien.
Cuando al consumidor o usuario le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse
frente al empresario por la falta de conformidad, podrá reclamar directamente al productor
con el fin de conseguir que el bien sea puesto en conformidad.
Su responsabilidad se prolongará por un plazo de 3 años desde la entrega del bien. En los
bienes de segunda mano, el empresario y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que
no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
2.- DERECHO A LA REPARACIÓN Y SUSTITUCIÓN DEL PRODUCTO NO CONFORME
Si el producto o bien adquirido no fuera conforme con el contrato, para ponerlo en conformidad,
el consumidor o usuario tendrá derecho a elegir entre la reparación o la sustitución, salvo que
una de estas dos opciones resultare imposible o que, en comparación con otra medida
correctora, suponga costes desproporcionados para el empresario, así como si la medida
correctora alternativa se podría proporcionar sin mayores inconvenientes para el consumidor
o usuario.
Las medidas correctoras para la puesta en conformidad:
1. Será gratuita para el consumidor o usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos de
envío, transporte, mano de obra o materiales.
2. Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable.
3. Deberán realizarse sin mayores inconvenientes para el consumidor o usuario.
Las medidas correctoras para poner el bien en conformidad suspenden el cómputo del plazo
de tres años para manifestar la falta de conformidad del bien hasta la entrega del bien
reparado. Durante el año posterior a la entrega del bien ya conforme, el empresario responderá
de las faltas de conformidad que motivaron la puesta en conformidad, presumiéndose que se
trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan los defectos del mismo origen
que los inicialmente manifestados.
3.- DERECHO A LA REDUCCIÓN DEL PRECIO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El consumidor o usuario podrá exigir una reducción proporcionada del precio o la resolución
del contrato en cualquiera de los siguientes supuestos:
la puesta en conformidad del bien resulte imposible o desproporcionada.
•
El empresario no haya llevado a cabo la reparación o la sustitución de los bienes o no lo
•
haya hecho en un plazo razonable.
•
Aparezca cualquier falta de conformidad después del intento del empresario de poner los
bienes en conformidad.
•
La falta de conformidad sea de tal gravedad que se justifique la reducción inmediata del
precio o la resolución del contrato.
•
El empresario haya declarado que no pondrá los bienes en conformidad en un plazo
razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor o usuario.
La reducción del precio será proporcional a la diferencia existente entre el valor que el bien
hubiera tenido en el momento de la entrega de haber sido conforme con el contrato y el valor
que el bien efectivamente entregado tenga en el momento de dicha entrega. No obstante, la
resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.
ES - 30