Caldera de biomasa
Dimensiones de sala de caldera.
En cumplimiento del REAL DECRETO 1027/2007 por el que se aprueba el Reglamento
de Instalaciones Térmicas en los Edificios e Instrucciones Técnicas, en su apartado IT
1.3.4. 1.2.6. Dimensiones de Sala de máquinas, se establece lo siguiente:
Las instalaciones térmicas deberán ser perfectamente accesibles en todas sus
partes de forma que puedan realizarse adecuadamente y sin peligro todas las
operaciones de mantenimiento, vigilancia y conducción.
La altura mínima de la sala será de 2,50 m, respetándose una altura libre de
tuberías y obstáculos sobre la caldera de 0,5 m.
Los espacios mínimos libres que deben dejarse alrededor de los generadores de
calor será de 0,50 m entre uno de los laterales de la caldera y la pared, permitiendo
la apertura total de la puerta sin necesidad de desmontar el quemador, y de 0,70 m
entre el fondo de laja de humos y la pared de la sala.
Cuando existan varias calderas, la distancia mínima entre ellas será de 0,5 m,
siempre permitiendo la apertura de las puertas de las calderas sin necesidad de
desmontar los quemadores.
El espacio libre en la parte frontal será igual a la profundidad de la caldera, con
un mínimo de 1 m, en esta zona se respetará una altura mínima libre de 2m.
COMBUSTIBLE SÓLIDO VENTILACION NATURAL
Fabricantes de calderas de biomasa
Modelo ITB 80 DO
30
Domestic
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