5 - SEGURIDAD
2.3.3
Iluminación
Los puestos de trabajo deben disponer de luz natural suficiente y estar equipados con dispositivos
que permitan un alumbrado artificial apropiado para proteger la seguridad y la salud con arreglo a la
Directiva 81/08 CEE (lugares de trabajo).
El alumbrado del local tiene que cumplir con las leyes vigentes en el país en el que está instalada la
máquina y tiene que ser con todo uniforme y garantizar una buena visibilidad en todos los puntos de
la máquina, no crear reflejos peligrosos y permitir la lectura clara de los paneles de mando y la
identificación de los pulsadores de emergencia.
La iluminación tiene que permitir la ejecución de las operaciones de mantenimiento previstas en el
manual de manera segura. Para las intervenciones en zonas especiales (como intervenciones de
mantenimiento en las zonas internas de la máquina), utilice fuentes de iluminación apropiadas.
Los dispositivos de alumbrado local no tienen que constituir una fuente de riesgo.
Este manual es propiedad de la empresa ALITRAK
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