3.5.3. Tiempo de espera antes de realizar un
desplazamiento aéreo.
El tiempo de espera antes de realizar un desplazamiento aéreo aparece en la pantalla
central a la derecha del símbolo indicador en forma de avión. Cualquier viaje en
avión o excursión en altitud quedan prohibidos hasta que haya transcurrido este
tiempo de espera.
¡NOTA! : El símbolo en forma de avión no se visualiza en posición de espera.
Antes de realizar un desplazamiento aéreo, active siempre el ordenador y com-
pruebe que no aparece el símbolo del avión en la pantalla.
El tiempo de espera antes de realizar un desplazamiento aéreo que indica el VYPER
siempre es de 12 horas como mínimo. Equivale al tiempo de desaturación cuando
éste es superior a 12 horas. En Modo Error permanente o en Modo profundímetro
(GAUGE), el tiempo de espera antes de realizar un desplazamiento aéreo es de 48
horas. Tomar un avión o realizar una excursión en altitud después de una inmersión
puede aumentar considerablemente el riesgo de sufrir un accidente de descompresión.
SE RECOMIENDA EVITAR CUALQUIER DESPLAZAMIENTO AÉREO HAS-
TA QUE HAYA TRANSCURRIDO EL TIEMPO DE ESPERA ANTES DE TO-
MAR UN AVIÓN.
La Organización Americana de Socorrismos para Buceadores DAN (Divers Alert
Network) recomienda:
- respetar un intervalo en superficie mínimo de 12 horas antes de realizar un vuelo en
líneas comerciales (con una presión en cabina correspondiente a 2.400 m de altitud)
para evitar la aparición de cualquier síntoma de accidente de descompresión,
- respetar un intervalo en superficie suplementario superior a 12 horas en caso de
buceo con descompresión o de múltiples inmersiones sucesivas diarias durante va-
rias jornadas.
Por otra parte la Undersea and Hyperbaric Medical Society (UHMS) recomienda
que los buceadores que utilicen una mezcla de aire estándar y no presenten síntomas
de accidente de descompresión esperen 24 horas desde su última inmersión antes de
tomar un avión con una presión en cabina correspondiente a 2.400 m. [8.000 pies] de
altitud. Existen 2 excepciones a esta recomendación:
- Si el buceador contabiliza en total menos de 2 horas de inmersión en las últimas 48
horas, se recomienda una espera de 12 horas antes de un desplazamiento aéreo.
- Después de cualquier inmersión que requiera una parada de descompresión, la
espera recomendada antes de un desplazamiento aéreo es de al menos 24 horas, y a
ser posible de 48 horas.
SUUNTO recomienda no efectuar ningún desplazamiento aéreo mientras no lo per-
mitan los parámetros indicados por el ordenador de buceo y los límites indicados por
las recomendaciones de la DAN y la UHMS.
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¡PELIGRO!