PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER CONFLICTOS:
TODOS LOS CONFLICTOS ENTRE USTED Y LG QUE SURJAN FUERA DE O
RELACIONADOS DE ALGUNA MANERA CON ESTA GARANTÍA LIMITADA O
CON EL PRODUCTO, SE RESOLVERÁN EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE UN
ARBITRAJE VINCULANTE Y NO EN UNA CORTE DE JURISDICCIÓN GENERAL.
ARBITRAJE VINCULANTE SIGNIFICA QUE USTED Y LG RENUNCIAN AL
DERECHO DE UN JUICIO CON JURADO Y A REALIZAR O PARTICIPAR EN UNA
DEMANDA COLECTIVA.
Definiciones. Para el propósito de esta sección, las referencias a "LG" significan:
LG Electronics MobileComm U.S.A., Inc., sus empresas matrices, subsidiarias
y filiales y cada uno de sus directivos, directores, empleados, agentes,
beneficiarios, predecesores en interés, sucesores, cesionarios y proveedores;
las referencias a "conflicto" o "reclamación" incluirán cualquier conflicto,
reclamo o controversia de cualquier tipo, sin importar (ya sea basado en
contrato, agravio, estatuto, regulación, ordenanza, fraude, falsa representación
o cualquier teoría legal o equitativa) que surja de o esté relacionada con
cualquier forma de venta, condición o desempeño del producto o de esta
Garantía Limitada.
Aviso de disputa. En caso de que usted desee iniciar un procedimiento de
arbitraje, primero debe notificar a LG por escrito al menos 30 días antes de
iniciar el arbitraje enviando una carta a LG a LG Electronics, USA, Inc. Atención:
Legal Department- Arbitration 1000 Sylvan Ave, Englewood Cliffs 07632.
Usted y LG aceptan participar en discusiones de buena fe en un intento de
resolver su reclamo de manera amistosa. En la carta debe proporcionar su
nombre, dirección y número de teléfono; identificar el producto que es objeto
de la reclamación; y describir la naturaleza del reclamo y el remedio que busca.
Si usted y LG no puede resolver la disputa dentro de 30 días, cualquiera de las
partes puede proceder a presentar una demanda de arbitraje.
DECLARACIÓN DE GARANTÍA LIMITADA – EE.UU.
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