a.
Recursos de reemplazo o reparación exclusivos
La única obligación de la Compañía y el recurso exclusivo del Comprador con respecto a cualquier defecto
en el Producto que ocurra durante los periodos de garantía expuestos en la Sección 1 de esta Garantía
Limitada recaerán en la Compañía, a su elección, para reparar o reemplazar (o hacer que uno de sus
distribuidores designados y autorizados lo reparen o reemplacen) el Producto o la pieza, componente o
conjunto de piezas de este que contenga el defecto en materiales o mano de obra. La Compañía se reserva
el derecho, a su elección, de utilizar piezas de reemplazo nuevas, remanufacturadas o reacondicionadas.
Salvo que se estipule lo contrario en esta Garantía Limitada, la Compañía no está obligada a reemplazar
el producto en su totalidad si el defecto cubierto por dicha Garantía puede ser solucionado por medio de
la reparación o reemplazo de la pieza, componente o conjunto de piezas defectuosas. La Compañía es
responsable del costo de todas las piezas y cargos por mano de obra hasta el Monto máximo de mano de
obra determinado de acuerdo con la Sección 4(b) de esta Garantía Limitada, necesaria para solucionar dicho
defecto.
b.
Cargos por mano de obra
Si las reparaciones de campo o reemplazo de piezas son necesarias en cualquier Producto cubierto por esta
Garantía Limitada, la Compañía reembolsará a su distribuidor autorizado designado los costos directos de
mano de obra incurridos para realizar tales reparaciones de campo o reemplazo de piezas hasta el monto
máximo especificado en la Tasa de Servicio de Campo (de aquí en adelante, el FSR) o en cualquier Guía
de Tarifas Planas o acuerdos similares establecidos con el distribuidor autorizado (dichos montos máximos
deberán indicarse en esta Garantía Limitada como el "Monto máximo de mano de obra"). Las versiones
recientes del FSR de la Compañía y las Guías de Tarifas Planas están incluidas en esta Garantía Limitada
para su consulta. Para obtener una copia actual del FSR de la Compañía y de las Guías de Tarifas Planas, el
Comprador deberá comunicarse con la Compañía al 1-866-334-0756. El Comprador es responsable por
cualquier costo o tasas exigidas a los distribuidores autorizados si exceden el Monto máximo de mano de
obra.
5.
CLÁUSULA DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD DE LAS GARANTÍAS EXPRESAS E IMPLÍCITAS
A EXCEPCIÓN DE LAS GARANTÍAS LIMITADAS EXPUESTAS ANTERIORMENTE EN LA SECCIÓN 1, LA COMPAÑÍA
NO HACE OTRA REPRESENTACIÓN O GARANTÍA Y, POR LA PRESENTE, NIEGA CUALQUIER REPRESENTACIÓN
EXPRESA O IMPLÍCITA CONCERNIENTE AL PRODUCTO, INCLUIDA, SIN LIMITACIÓN, CUALQUIER GARANTÍA
IMPLÍCITA DE COMERCIALIZACIÓN, NO INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD O DE TERCERAS
PERSONAS, ASÍ COMO ADECUACIÓN A PROPÓSITOS PARTICULARES. NO EXISTEN GARANTÍAS QUE SE
EXTIENDAN MÁS ALLÁ DE LO DESCRITO EN ESTE ACUERDO. Ningún empleado o representante de la Compañía
o cualquiera de sus distribuidores autorizados están autorizados para modificar cualquier término, condición o
limitación de esta Garantía Limitada a menos que tal modificación se haga por escrito y sea firmada por un oficial de
la Compañía.
6.
LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
SALVO QUE SE ESTIPULE LO CONTRARIO EN ESTA GARANTÍA LIMITADA, BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA LA
COMPAÑÍA O CUALQUIERA DE SUS AFILIADOS O SUBSIDIARIOS SERÁN RESPONSABLES ANTE EL COMPRADOR
POR CUALQUIER DAÑO INDIRECTO, ESPECIAL, EJEMPLAR, PUNITIVO O CONSECUENTE (INCLUYENDO
BENEFICIOS PERDIDOS, INGRESOS PERDIDOS, TIEMPO MUERTO, PÉRDIDA DE OPORTUNIDADES COMERCIALES
U OTRAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS), YA SEA EN UNA ACCIÓN CONTRACTUAL O DE AGRAVIO (INCLUYENDO
NEGLIGENCIA Y ESTRICTA RESPONSABILIDAD) O, DE LO CONTRARIO, INCLUSO SI LA COMPAÑÍA HA SIDO
NOTIFICADA SOBRE LAS POSIBILIDADES DE TALES DAÑOS.
Versión 2.1.13
Manual de mantenimiento y resolución de problemas
HB-1030/HB-1430
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SECCIÓN 8 | GARANTÍA
SUPO-611SPA
REV N