artículo 1 de las reglas de
la FCC. La operación está
sujeta a las dos condiciones
siguientes:(1) Este dispositivo
y sus accesorios no podrán
causar interferencias dañinas
y () este dispositivo y sus
accesorios deben aceptar
cualquier interferencia que
reciban, incluida la que pudiera
causar un funcionamiento
indeseable.
Declaración del artículo
15.105
Este equipo ha sido evaluado
y se ha comprobado que
cumple con los límites para
un dispositivo digital clase B,
conforme el artículo 1 de
las reglas de la FCC. Estos
límites han sido diseñados
para brindar una protección
razonable contra la interferencia
dañina en una instalación
residencial. Este equipo genera,
utiliza y puede irradiar energía
de radiofrecuencia y, si no se
instala y utiliza de acuerdo con
las instrucciones, podría causar
interferencia dañina para las
comunicaciones radiales. Sin
embargo, no existe garantía
de que la interferencia no se
produzca en una instalación en
particular.
Si este equipo ocasiona una
interferencia dañina en la
recepción de televisión (lo
cual puede determinarse al
encender y apagar el equipo),
se recomienda al usuario que
intente corregir la interferencia
a través de la aplicación de
una o varias de las siguientes
medidas:
•
Reorientar o reubicar la
antena receptora.
•
Aumentar la distancia entre
el equipo y el receptor.
•
Conectar el equipo en una
toma de un circuito diferente
de aquél al que está
conectado el receptor.