1.4 TOMA DE AIRE ExTERIOR
La estufa, para un correcto funcionamiento, debe poder disponer del
aire necesario para la combustión mediante una toma de aire exterior.
La toma de aire debe:
- Tener una sección libre total de dimensiones iguales o superiores al
dato indicado en el apartado "DATOS TECNICOS".
- Estar protegida con una rejilla u otra protección idónea, siempre que
no se reduzca la sección mínima prevista.
- Colocarse de manera tal que se eviten obstrucciones.
El flujo de aire necesario para el hogar se puede obtener de distintas
maneras:
- mediante una toma de aire orientada hacia el lugar de instalación
(fig. 12);
- con una canalización mediante tubos orientados hacia el lugar de
instalación, aumentando la sección mínima libre indicada al menos
en un 15% (fig. 13);
- de un local adyacente respecto al de instalación, siempre que este
flujo pueda producirse libremente mediante aberturas permanentes
que comuniquen con el exterior. (fig. 14-15)
a
El local adyacente del cual se obtiene el aire no debe ponerse
en depresión respecto al ambiente exterior por efecto del tiro
contrario, provocado por la presencia en dicho local de otro
aparato que utilice aire o de un dispositivo de aspiración.
En el local adyacente, las aberturas permanentes deben
cumplir los requisitos indicados en los apartados anteriores.
d
Está prohibido obtener el aire comburente de locales
adyacentes destinados a garaje, almacén de material
combustible o a actividades con peligro de incendio.
1.5 LuGAR DE INSTALACION
El aparato se debe instalar en un lugar que permita una utilización fácil y segura y un mantenimiento sencillo. Si el producto que instala necesita una
toma de corriente eléctrica, este lugar, además, tiene que estar dotado de instalación eléctrica con toma de tierra como exigen las normas vigentes.
En el local de instalación, hay que observar los siguientes requisitos:
a
No debe estar destinado a garaje, almacén de material combustible ni a actividades con peligro de incendio.
a
No debe ponerse en depresión respecto al ambiente exterior por efecto del tiro contrario provocado por la presencia en el local de
instalación del hogar de otro aparato o de un dispositivo de aspiración.
a
No utilice en el mismo local dos estufas, una chimenea y una estufa, una estufa y una cocina de leña, etc., ya que el tiro de uno podría
estropear el tiro del otro.
• Sólo en los locales destinados a cocina es posible la utilización de dispositivos adecuados para la cocción de alimentos con sus respectivas
campanas sin extractor.
• Se admiten equipos de gas de tipo C (se remite a las normas en vigor en el lugar de instalación).
fig. 12
fig. 14
fig. 15
H07025190 / DT2000661 – 01
fig. 13
DT2030054-00
DT2010539-03
DT2030193-00
DT2030194-00
DT2030195-00
DT2010033-01
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