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Controles de exportación
Los Productos de EFI están sujetos a las leyes y normativas de exportación de los EE.UU., incluidas las Leyes de administración de exportaciones de los EE.UU.,
así como las leyes y normativas de otros países. Ud. acuerda que no utilizará, distribuirá, transferirá, exportará o reexportará ninguna parte del Producto ni del
Software de ninguna forma si ello supone el incumplimiento de las leyes o normas de los EE.UU. o del país en el que lo adquirió.
Derechos restringidos para la Administración de los EE.UU.:
El uso, la duplicación o la entrega a terceros del Software por parte de la Administración de los EE.UU. está sujeta a las restricciones expuestas en las cláusulas FAR
12.212 o DFARS 227.7202-3 -227.7202-4 y, hasta el máximo exigido por la normativa federal de los EE.UU., a los derechos restringidos mínimos expresados en
la cláusula FAR 52.227-14, Aviso de derechos restringidos (junio de 1987) versión III(g)(3)(junio de 1987) o FAR 52.227-19 (junio de 1987). En la medida en
que se entreguen datos técnicos en virtud del Contrato, estos datos técnicos están protegidos por las cláusulas FAR 12.211 y DFARS 227.7102-2 y, en la medida
exigida explícitamente por la Administración de los EE.UU., está sujeta a los derechos limitados expresados en las cláusulas DFARS 252.227.7015 (noviembre de
1995) y DFARS 252.227-7037 (septiembre de 1999). En caso de modificación o sustitución de las normas oficiales a las que se hace referencia arriba, se aplicarán
las normas posteriores o equivalentes. El nombre del firmante del contrato es Electronics for Imaging.
Generalidades
Los derechos y obligaciones de las partes de este Acuerdo quedan exclusivamente bajo la jurisdicción en todos los aspectos de las leyes del Estado de California,
dado que este tipo de leyes se aplican a los contratos entre los residentes en California realizados por completo dentro de California. La Convención de contratos
de las Naciones Unidas para la venta internacional de bienes y otras convenciones similares no se aplican a este Acuerdo. Para todos los litigios relacionados con
este acuerdo, usted da su consentimiento para que la jurisdicción y emplazamiento personal y exclusivos sean de los tribunales estatales del condado de San Mateo,
California y el tribunal federal del Distrito Norte de California. Este Acuerdo constituye el único acuerdo entre las partes y sustituye a cualquier otra
correspondencia o publicidad en relación con el Software. Si se determina que alguna provisión de este Acuerdo no es válida, esa provisión será considerada como
modificada hasta el máximo necesario para que pueda exigirse su cumplimiento y el resto de provisiones de este Acuerdo mantienen toda su vigencia a todos los
efectos.
Si tiene alguna pregunta, consulte el sitio Web de EFI en la dirección www.efi.com.
Electronics for Imaging
303 Velocity Way
Foster City, CA 94404, EE.UU.

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