OPERATION
G Operation Safety
Precautions
A) Only trained employees shall be permitted to operate
conveyors. Training shall include instruction in operation
under normal conditions and emergency situations.
B) Where employee safety is dependent upon stopping
and/or starting devices, they shall be kept free of obstruc-
tions to permit ready access.
C) The area around loading and unloading points shall be
kept clear of obstructions which could endanger person-
nel.
D) No person shall ride the load-carrying element of a con-
veyor under any circumstances unless that person is
specifically authorized by the owner or employer to do so.
Under those circumstances, such employee shall only ride
a conveyor which incorporates within its supporting struc-
ture, platforms or control stations specifically designed for
carrying personnel. Under no circumstances shall any per-
son ride on any element of a vertical conveyor. Owners of
conveyors should affix warning devices to the conveyor
reading Do Not Ride Conveyor.
E) Personnel working on or near a conveyor shall be
instructed as to the location and operation of pertinent
stopping devices.
F) A conveyor shall be used to transport only material it is
capable of handling safely.
G) Under no circumstances shall the safety characteristics
of the conveyor be altered if such alterations would endan-
ger personnel.
H) Routine inspections and preventive and corrective main-
tenance programs shall be conducted to insure that all
safety features and devices are retained and function prop-
erly.
I) Personnel should be alerted to the potential hazard of
entanglement in conveyors caused by items such as long
OPERACION
G Medidas de Seguridad
en la Operación
A) Solo se deberá permitir operar los transportadores a
empleados entrenados. El entrenamiento debe incluir
instrucciones de operación bajo condiciones normales y en
situaciones de emergencia.
B) Cuando la seguridad de los trabajadores dependa de
dispositivos de parada y/o arranque, tales dispositivos
deberán mantenerse libres de obstrucciones para permitir
un acceso rápido.
C) El área alrededor de los puntos de carga y descarga
deberá mantenerse libre de obstrucciones, las cuales
podrían poner en peligro al personal.
D) Ninguna persona deberá subirse en la parte de
conducción de carga de un transportador bajo ninguna cir-
cunstancia al menos que esta persona sea autorizada por
el dueño o por el supervisor. Bajo estas circunstancias, el
empleado deberá subirse solamente en un transportador
que tenga incorporadas dentro de su estructura, platafor-
mas o estaciones de control especialmente diseñadas para
el traslado de personal. Bajo ninguna circunstancia, per-
sona alguna deberá subirse en cualquier parte de un trans-
portador vertical. Los dueños de los transportadores
deberán añadir señales de advertencia al transportador con
el texto: "No subirse en el Transportador".
E) El personal que esté trabajando en o cerca al trans-
portador, deberá ser instruído en cuanto a la ubicación y
operación de los dispositivos pertinentes de parada.
F) Un transportador deberá ser utilizado para transportar
solamente los productos que este esté en capacidad de
manejar con seguridad.
G) Bajo ninguna circunstancia las características de seguri-
dad de un transportador deberán ser alteradas si tales
alteraciones pudieran poner en peligro al personal.
H) Inspecciones rutinarias deberán llevarse a cabo al igual
que programas de mantenimiento preventivos y correctivos,
con la finalidad de asegurar que todos los dispositivos y
medidas de seguridad sean conservados en buen estado y
funcionen correctamente.
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