Garantía, prestaciones de garantía y responsabilidad por el producto
Las prestaciones de garantía se conceden según las estipulaciones legales de la República de Austria y de la UE.
1. Condición previa para la prestación de garantía a cargo del fabricante es presentar la factura pagada de compra del aparato para el que se solicita la prestación de
garantía, siendo necesario que en la factura se identifique al aparato con tipo y número de fabricación y que el solicitante de la indemnización lo demuestre. Sólo tienen
vigencia las condiciones generales de venta y suministro del fabricante.
2. El montaje, la colocación, la conexión y la puesta en servicio del aparato por el que se reclama tiene que haberlo hecho un electricista o instalador autorizado respe-
tando todas las normas necesarias al respecto, siempre y cuando lo exijan las leyes o las instrucciones de montaje y manejo. El calentador (sin revestimiento exterior
o revestimiento exterior de plástico) tiene que estar protegido contra la radiación solar para evitar la decoloración de la espuma de PU y un posible alabeamiento de
las partes de plástico.
3. El recinto en el que se utilice el aparato tiene que ser a prueba de heladas. El aparato debe montarse en un lugar que sea fácilmente accesible para el caso de que
sea necesario hacer el mantenimiento, reparaciones o su posible sustitución sin generar demasiados costes. Los costes que resulten de los trabajos de modificación
constructiva necesaria (por ejemplo, puertas y pasillo demasiado estrechos) no están cubiertos por la garantía ni las prestaciones que se ofrecen por lo que el fabri-
cante los rechaza. Cuando se coloque, monte y ponga en funcionamiento el calentador de agua en lugares inusuales (por ejemplo: desvanes, habitaciones con pisos
sensibles al agua, cuartos trasteros, etc.) hay que tener en cuenta la posibilidad de que salga agua por lo que hay que prever un dispositivo que recoja y derive el agua
que salga para evitar daños secundarios en el sentido de la responsabilidad por el producto.
4. Casos que no dan derecho a exigir las prestaciones de garantía:
transporte inadecuado, desgaste normal, daño intencionado o por imprudencia, uso de cualquier tipo de violencia, deterioro mecánico o daños por heladas o por
haber superado, aunque sólo sea una vez, la presión de régimen indicada en la placa de características, utilizar grifería que no cumpla las normas o una grifería de
conexión del acumulador que no funcione así como el uso de grifería inadecuada y que no funcione. Rotura de piezas de cristal y plástico, eventuales diferencias de
color, daños por uso inadecuado, especialmente por no respetar las instrucciones de montaje y manejo (instrucciones de manejo e instalación), daños por influjos
externos, conexión a una tensión falsa, daños de corrosión como consecuencia de agua agresiva –no apta como agua potable– de acuerdo con las normas nacio-
nales (por ejemplo: decreto austríaco sobre el agua potable TWV - BGBl. (BOE de Austria) II N°. 304/2001), divergencias entre la temperatura real del agua potable
en la grifería del termo y la temperatura del agua indicada de hasta 10°K (coeficiente de histéresis del regulador y posible enfriamiento de la tubería), conductancia
insuficiente del agua (mín. 150 μs/cm), deterioro del ánodo de magnesio (pieza de desgaste) condicionado por el servicio, incrustaciones calcáreas naturales, falta de
agua, fuego, inundaciones, caída de rayos, sobretensión, corte de corriente u otros casos de fuerza mayor. Utilización de componentes que no sean originales o que
sean de otras empresas como, por ejemplo, calentador tubular, ánodo de protección, termostato, termómetro, intercambiador de calor tubular de aletas, etc. Piezas
montadas que no estén aisladas respecto al alimentador, cuerpos extraños flotantes o influjos electroquímicos (por ejemplo, instalación mixta), incumplimiento de los
documentos de planificación, no cambiar a tiempo documentándolo el ánodo de protección, falta de limpieza o limpieza y manejo inadecuados así como desviaciones
de la norma que reduzcan sólo mínimamente el valor y la capacidad de funcionamiento del aparato. Básicamente hay que cumplir también todas las disposiciones
según la norma ÖNORM B 2531, DIN 1988 (EN 806), DIN 1717, VDI 2035 o las leyes y prescripciones nacionales correspondientes.
5. En el caso de que haya una reclamación justificada, ésta tiene que presentarse en el punto de servicio al cliente del fabricante más cercano. Éste se reserva el derecho
a decidir si sustituye o repara una pieza defectuosa o si sustituye un aparato defectuoso por otro nuevo equivalente. Además, el fabricante se reserva expresamente
el derecho a exigir que el comprador envíe el aparato reclamado.
6. Las reparaciones de garantía sólo pueden hacerlas las personas que estén autorizadas por el fabricante para ello. Las piezas cambiadas pasan a ser propiedad del
fabricante. En el caso de que en el curso de la realización de trabajos de servicio necesarios se determine que es preciso realizar posibles reparaciones en el calenta-
dor, éstas se pondrán proporcionalmente en factura en forma de costes de reparación y material.
7. Se pierden todos los derechos de prestaciones de garantía en el caso de que se hagan intervenciones ajenas sin nuestro encargo expreso, incluso si las hace un
instalador autorizado. La asunción de los costes de las reparaciones hechas por terceros tiene como condición previa que se le haya exigido previamente al fabricante
que subsane los defectos y éste no haya cumplido su obligación de cambiar o reparar las piezas o no lo haga dentro de un plazo razonable.
8. El plazo de garantía no se renueva ni se prolonga por la prestación de la garantía ni por los trabajos de servicio y de mantenimiento.
9. Los daños por transporte sólo se comprueban y reconocen si se le dan a conocer por escrito al fabricante como muy tarde el siguiente día laboral a la entrega.
10. Se excluyen las exigencias que superen las prestaciones de la garantía, especialmente las de indemnización de daños y perjuicios, siempre y cuando ello sea legal.
El comprador tiene que pagar por completo las horas de trabajo proporcionales para las reparaciones así como los costes para dejar el equipo en estado original. La
garantía ofrecida, según esta declaración de garantía, abarca sólo la reparación o sustitución del aparato. Las estipulaciones de las condiciones de venta y suministro
del fabricante mantienen su vigencia completa siempre y cuando no cambien las condiciones de garantía.
11. Las prestaciones que no formen parte de estas condiciones de garantía se pondrán en factura.
12. Condición previa para que el fabricante aporte las prestaciones de garantía es, por un lado, que se haya pagado completamente el aparato al fabricante y, por otro
lado, que el solicitante de las prestaciones haya cumplido completamente sus obligaciones frente al vendedor.
13. Se ofrece una garantía a la caldera interior esmaltada de los calentadores por el periodo establecido contando a partir del día de entrega en pleno cumplimiento de
las condiciones de garantía. En caso de incumplimiento de las condiciones de garantía, se aplicarán las estipulaciones legales de prestación de garantía del país
exportador.
14. Para la obtención de los derechos según la ley austríaca vigente sobre responsabilidad por los productos hay que constatar lo siguiente: Las posibles reclamaciones
que emanen de la responsabilidad de los productos para regular los daños debido a los defectos de un producto están sólo justificadas si se cumplen las medidas y
condiciones prescritas que son necesarias para que el aparato funcione sin fallos y según la norma.
Aquí se incluye, por ejemplo, el cambio prescrito y documentado del ánodo, la conexión a la tensión de régimen correcta, evitar daños por un mal empleo, etc. Puede
concluirse que si se hubieran respetado todas las prescripciones (normas, instrucciones de montaje y manejo, directivas generales, etc.) no se hubiera producido el
fallo en el aparato o en el producto que haya sido el motivo causal del daño secundario. También es indispensable para la tramitación presentar la documentación
necesaria como, por ejemplo, la denominación y el número de fabricación del calentador, la factura del vendedor y del concesionario distribuidor así como una de-
scripción del mal funcionamiento, el calentador reclamado para su análisis en laboratorio (imprescindiblemente necesario debido a que el perito examina el calentador
y analiza el origen del fallo). Para evitar confundir el calentador durante el transporte es necesario dotar al calentador de una caracterización fácilmente legible (pre-
feriblemente con la dirección y firma del cliente final). Se necesita la correspondiente documentación de imágenes sobre la dimensión de los daños, de la instalación
(tubería de alimentación de agua fría, salida de agua caliente, avance o retorno de la calefacción, recipiente de dilatación si es necesario) y del punto defectuoso del
calentador. Además, el fabricante se reserva expresamente el derecho a exigir que el comprador ponga a disposición toda la documentación necesaria para aclarar
los hechos así como el aparato o componentes del aparato.
Condición previa para aplicar las prestaciones derivadas de la responsabilidad por el producto es que el damnificado cumpla su obligación de demostrar que el daño
ha sido causado por el producto. Además, los derechos de sustitución según la ley austríaca sobre responsabilidad por los productos sólo están justificados para la
parte que supere el valor de 500 euros (cuota a pagar por el damnificado). Hasta aclarar completamente los hechos y las circunstancias y averiguar el motivo causal
al que se debe el defecto queda decididamente excluida una posible culpabilidad del fabricante. El incumplimiento de las instrucciones de manejo y montaje así como
de las normas pertinentes tiene que considerarse como imprudencia y tiene como consecuencia la exclusión de responsabilidad en el campo de indemnización por
daños y perjuicios.
Las ilustraciones y los datos son sin compromiso y pueden modificarse sin comentarios en el sentido de las mejoras técnicas.
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Id.Nr.: 236921-13