Garantía del producto y mantenimiento
lizados para acreditar la fecha de inicio de la garantía: el
contrato de suministro de gas/electricidad en nuevas instala-
ciones, en el caso de las instalaciones existentes copia del cer-
tificado de instalación emitido por su instalador en el momento
del montaje del aparato. Para los productos instalados en
viviendas nuevas la fecha de inicio de garantía la vendrá dada
por la fecha de adquisición de la misma. Alternativamente se
considerará como referencia la fecha de alta que figure en el
contrato de suministro de gas/electricidad y siempre que no
hayan transcurrido más de 12 meses desde la fecha de adqui-
sición de la vivienda.
3.4 Garantía específica por perforación de los depósitos. Para
los termos eléctricos y cuando ocurra esta circunstancia, la
cobertura comercial de esta garantía se extiende a 3 años. Una
vez transcurridos 24 meses desde Ia compra del producto, los
gastos de desplazamiento y mano de obra de Ia sustitución del
depósito serán a cargo del consumidor. Para los acumuladores
de agua a gas y los acumuladores indirectos la garantía por per-
foración del depósito se aplicará durante un periodo de 2 años.
Con referencia al mantenimiento de los depósitos es necesario
seguir las instrucciones que sobre el mantenimiento se inclu-
yen en Ia documentación que se adjunta con el producto, y en
el punto 3.7.
3.5 El producto destinado para uso doméstico, será instalado
según la reglamentación vigente (normativas de agua, gas,
electricidad, calefacción y demás reglamentación estatal, auto-
nómica o local relativas al sector) y conforme a las instruccio-
nes del manual de instalación y de uso. Una instalación no
conforme a las especificaciones del fabricante que no cumpla
Ia normativa legal en esta materia, dará lugar a Ia no aplicación
de la garantía. Siempre que se instale en el exterior, deberá ser
protegido contra las inclemencias meteorológicas (lluvia y
viento). En estos casos, será necesario Ia protección del apa-
rato mediante un armario o caja protectora debidamente venti-
lada. Todos los aparatos de combustión se instalarán con
conducto de evacuación y cortavientos en el extremo final del
tubo.
3.6 No se instalarán aparatos de cámara de combustión abierta
en locales que contengan productos químicos en el ambiente
(por ejemplo peluquerías) ya que Ia mezcla de esos productos
con el aire puede producir gases tóxicos en la combustión y un
mal funcionamiento en el aparato.
3.7 Acumuladores de agua a gas, acumuladores indirectos, ter-
mos eléctricos, equipos termosifón y calderas que incluyen
depósitos acumuladores de agua caliente, para que se aplique
la prestación de la Garantía, es obligatorio que el ánodo de
magnesio esté operativo y que realice la función de protección
adecuadamente.
Para ello es recomendable que el ánodo se revise bianualmente
por el Servicio Oficial y sea renovado cuando fuera necesario.
26
Periodicidad que deberá ser anual en aquellas zonas con aguas
críticas (contenido de CaCO3 superiores a 200mg/L, es decir
a partir de 20ºfH de dureza)
Depósitos sin el correcto estado del ánodo de protección, no
tienen la cobertura de la garantía.
Independientemente del tipo de depósito o producto, todas las
válvulas de sobrepresión de calefacción o a.c.s., deberán ser
canalizadas para evitar daños en Ia vivienda por descargas de
agua. La garantía del producto no asume los daños causados
por Ia no canalización del agua derramada por esta válvula.
3.8 Captadores solares y equipos termosifón. La garantía
comercial para este producto se extiende a 6 años. Durante los
primeros 2 años Ia cobertura de esta garantía también incluye
los costes de desplazamiento y mano de obra que correspon-
dan por Ia sustitución o reparación del producto. Durante el
periodo restante los citados costes serán a cargo del consumi-
dor. Esta garantía no ampara Ia rotura del vidrio protector, así
como los golpes de transporte o instalación que afecten al cap-
tador. (Para los Captadores solares y equipos termosifón ver
condiciones de Garantía Comercial específicas de los mismos).
3.9 EL agua utilizada en el sistema debe cumplir los requeri-
mientos del fabricante en lo referente a pH, conductividad,
dureza, alcalinidad, concentración de cloruros. Valores inade-
cuados dan lugar a Ia no prestación de Ia garantía.
3.10 La utilización de anticongelantes o aditivos en el sistema
sólo serán permitidos aquellos que cumplan las especificacio-
nes del fabricante.
3.11 Una intervención en garantía no renueva el periodo de
garantía del equipo.
3.12 Esta garantía es válida para los productos de BOSCH que
hayan sido adquiridos e instalados en España.
3.13 En general los equipos deben ser instalados en lugares
accesibles sin riesgo para el operario, y en particular en los
equipos de climatización, sistemas solares,... los medios nece-
sarios para el acceso a los mismos serán por cargo del cliente al
igual que Ia desinstalación / instalación del equipo si fuese
necesario para Ia reparación.
4.Circunstancias excluidas de la aplicación de garantía:
Queda excluido de Ia prestación en garantía, y por tanto será a
cargo del usuario el coste total de Ia intervención en los siguien-
tes casos:
4.1 Las Operaciones de Mantenimiento del producto cada 12
meses.
4.2 El producto BOSCH, es parte integrante de una instalación
de calefacción, climatización y/o de agua caliente sanitaria, su
6 720 810 324 (2018/06)