• El equipo está calculada para un periodo de vida de 10 años. Esta duración está basada en una
utilización de la plataforma de acuerdo con las instrucciones del presente manual de 200 horas por año y
con la condición que se efectúen las correspondientes revisiones anuales.
• Se requiere un especial cuidado con los peligros que aparecen mientras se utiliza el equipo sobre
una vía pública, por encima de agua o dondequiera que no sea posible descender la plataforma hasta una
posición segura.
• No utilizar nunca el equipo en condiciones severas, como condiciones atmosféricas extremas,
ambiente corrosivo, campos magnéticos elevados, atmósferas potencialmente explosivas (ATEX), traba-
jos en línea bajo tensión, etc.
• Se requiere un especial cuidado con los peligros que aparecen mientras se utiliza el equipo en
espacios confinados.
• No utilizar nunca el equipo para manipulación de cargas cuya naturaleza podría engendrar situa-
ciones peligrosas (ejemplo: metal fundido, ácidos/bases, materiales radioactivos, etc.)
• Para el equipo que trabaje en alturas superiores a 40m y expuestas a vientos superiores a
50km/h se deben limitar los movimientos laterales mediante un sistema de guiado, compuesto de anclajes
repartidos cada 20m.
• Se requiere un especial cuidado con los peligros que aparecen mientras se manipulan cargas.
• En algunos países de la Unión Europea, es obligatorio un examen de la puesta en servicio
por un organismo autorizado al comienzo de cada nueva obra.
• La elaboración del procedimiento para el ingreso a un espacio confinado es responsabili-
dad de la empresa usuaria de la máquina.
• Es obligatoria la utilización, por parte de los operarios, de equipos de protección indivi-
dual (EPI) anticaídas. Recomendamos la utilización de arneses EN361 anclados al anticaídas re-
tráctil EN360, que dispone el equipo, este dispositivo debe ser de longitud igual o superior a la de
los cables.
IMPORTANTE:
Si usted debe confiar el material descrito en el
presente manual a personal subcontratado o asi-
milado, verifique y aplique sus obligaciones deriva-
das de la reglamentación nacional aplicable sobre
seguridad en el trabajo, especialmente en materia
de verificaciones y pruebas antes de la puesta en
servicio.
Referencia: MI200021
PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABO-
RALES:
Según el artículo 7 del RD 1627/97, cada contratis-
ta deberá elaborar un plan de Seguridad y Salud
en el trabajo en el que se analicen, estudien, desa-
rrollen y complementen las previsiones contenidas
en el estudio o estudio básico, en función de su
propio sistema de ejecución de la obra. Ver puntos
1 y 2 del citado RD.
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www.accesus.es
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Versión: 06