Seguridad
Reglas para la
compatibilidad con
aparatos para la sordera
(HAC) de la FCC para los
dispositivos inalámbricos
El 10 de julio de 2003, el Informe
y orden de la minuta WT 01-
309 de la Comisión federal de
comunicaciones (FCC) de los
EE.UU. modificó la excepción
a los teléfonos inalámbricos
en los términos de la Ley de
compatibilidad con aparatos para
la sordera de 1988 (Ley HAC)
para exigir que los teléfonos
inalámbricos digitales sean
compatibles con los aparatos
para la sordera. El objetivo de la
Ley HAC es asegurar un acceso
razonable a los servicios de
telecomunicaciones por parte de
las personas con discapacidades
auditivas.
Aunque algunos teléfonos
inalámbricos se usan cerca
de algunos dispositivos para
la audición (aparatos para la
sordera e implantes cocleares),
los usuarios pueden detectar
un ruido de zumbido, murmullo
o chirrido. Algunos dispositivos
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auditivos son más inmunes
a este ruido de interferencia
que otros, y los teléfonos
también varían en la cantidad de
interferencia que generan.
La industria de los teléfonos
inalámbricos ha desarrollado un
sistema de clasificación para
los teléfonos inalámbricos,
para ayudar a los usuarios de
dispositivos auditivos a encontrar
teléfonos que puedan ser
compatibles con sus dispositivos.
No se han clasificado todos
los teléfonos. Los teléfonos
clasificados tienen la clasificación
en su caja o llevan una etiqueta
situada en la caja.
Las clasificaciones no son
garantías. Los resultados variarán
en función del dispositivo
auditivo del usuario y su pérdida
de audición. Si su dispositivo
auditivo resultara ser vulnerable
a la interferencia, es posible que
no pueda usar satisfactoriamente
un teléfono clasificado. Probar
el teléfono con su dispositivo
auditivo es la mejor forma de
evaluarlo para sus necesidades
personales.
Clasificaciones M: Los teléfonos