Controlar y regular los faros
Disposiciones legales
7.1
Disposiciones legales
Tipo de vehículo
1
Vehículos cuyos faros están
homologados conforme a EG/ECE ³
2
Otros vehículos — altura del centro del
faro sobre la superficie de apoyo (H) ≤
140 cm por encima de la superficie de
apoyo
a) Turismos, turismos familiares ³
b) Vehículos equipados de suspensión
con regulación de nivel o compensación
automática de la inclinación del haz
luminoso
c) Tractores y máquinas de trabajo de
varios ejes
d) Vehículos de un eje y vehículos de
varios ejes con 1 faro
e) Camiones con superficie de carga
situada delante
f) Camiones con
superficie de carga
situada detrás
g) Tractores de
semirremolque
h) Autobuses y
autocares
3
Otros vehículos — altura del centro del
faro sobre la superficie de apoyo (H) ≤
140 cm por encima de la superficie de
apoyo (teniendo en cuenta la tabla en el
anexo 3). Válido también para vehículos
≤ 40 km/h.
4
Tractores y máquinas de trabajo de un
eje
16
Medida de ajuste de faro "e"
Vehículos según
N.º 1 y 2 — [%]
N.º 3 y 4 — [cm]
Faros de luz
corta y faros
de luz larga
medida de
ajuste indicada
en el vehículo ²
1,2
1,0
excepto
3,0
vehículos
según n.º 2c
H/3*
2xN**
Tolerancias****
Vehículos según
N.º 1 y 2 — [%]
N.º 3 y 4 — [cm]
Desviación permitida de la
medida de ajuste del faro
Faro antiniebla
ha-
cia
arri-
ba
medida de ajuste
Tolerancias como en el n.º 2
indicada en el
vehículo ²
2,0
2,0
0,5
4,0
1,0
H/3+7*
10
20
SEG IV MB
hacia
hacia
hacia
abajo
la
la
iz-
dere-
quie-
cha
rda
0,5
0,5***
0,5
5
5***